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Tres años de prisión en suspenso para Carreño

Martes, 09 de agosto de 2016 01:30
<div>AUDIENCIA.</div>
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 resolvió por unanimidad condenar a la pena de tres años de prisión y ejecución en suspenso, a Mariano Carreño luego de hallarlo autor penalmente responsable del delito de "lesiones gravísimas", previsto y penado por el artículo 91 del Código Penal de la Nación.
Carreño había llegado a juicio acusado de "homicidio en grado de tentativa" por agredir con un arma blanca en el abdomen a Agustín González, en medio de los festejos de una boda realizada el pasado mes de febrero de 2014 en la localidad de Purmamarca.
El Fiscal de Cámara Marcelo Cuellar dijo en su alegato que "si bien está comprobada la existencia de la agresión de Carreño sobre González, no tuvo intención de ponerle fin a la vida de su víctima, pero la herida le provocó la pérdida de un órgano".
Es por eso que Cuellar solicitó que se lo condene a tres años de prisión en suspenso, fallo que a la postre fue conocido con la misma calificación acusatoria.
Lo que también quedó comprobado, luego de la recepción de las pruebas testimoniales, fue que el hecho se produjo en un momento donde la mayoría de los invitados de la boda estaban muy alcoholizados, incluyendo a los protagonistas del hecho de sangre.
Además se estableció (por dichos de testigos presenciales), que se produjo un intercambio de golpes entre los protagonistas, antes que Carreño extrajera un cuchillo de la gaveta de su camioneta y atacara a González.
Nunca se va a saber cuál fue el motivo que promovió al abogado Agustín González salir de la fiesta detrás de la pareja, que ya estaba incómoda por las actitudes que este tenía sobre la novia del ingeniero Carreño, caminar más de 120 metros y subirse en la parte trasera de la camioneta que estaba a punto de salir del lugar.
Los invitados protagonistas del lamentable episodio eran amigos de los recién casados, pero no se conocían entre sí. En realidad la novia de Carreño era compañera de facultad de la provincia de Córdoba del hombre que contraía matrimonio.
Luego de la producción de los alegatos, el presidente de trámite Mario González le preguntó si tenía algo más para decir a Carreño, y este dijo sentirse "apenado y arrepentido por el hecho y que es una locura que dos personas estén implicadas en un hecho por culpa del exceso de alcohol". Pidió la absolución
El abogado Lucas Grenni en su alegato había solicitado que su defendido sea absuelto o de manera subsidiaria sea condenado por "exceso en legítima defensa", además de solicitar la nulidad de la declaración de la ausente testigo Mileva Zec. Planteo que fue denegado por el Tribunal enjuiciador y fueron incorporados a través de lectura en la causa.
Grenni sostuvo que Carreño "actuó en defensa de su novia".
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El Tribunal en lo Criminal Nº 1 resolvió por unanimidad condenar a la pena de tres años de prisión y ejecución en suspenso, a Mariano Carreño luego de hallarlo autor penalmente responsable del delito de "lesiones gravísimas", previsto y penado por el artículo 91 del Código Penal de la Nación.
Carreño había llegado a juicio acusado de "homicidio en grado de tentativa" por agredir con un arma blanca en el abdomen a Agustín González, en medio de los festejos de una boda realizada el pasado mes de febrero de 2014 en la localidad de Purmamarca.
El Fiscal de Cámara Marcelo Cuellar dijo en su alegato que "si bien está comprobada la existencia de la agresión de Carreño sobre González, no tuvo intención de ponerle fin a la vida de su víctima, pero la herida le provocó la pérdida de un órgano".
Es por eso que Cuellar solicitó que se lo condene a tres años de prisión en suspenso, fallo que a la postre fue conocido con la misma calificación acusatoria.
Lo que también quedó comprobado, luego de la recepción de las pruebas testimoniales, fue que el hecho se produjo en un momento donde la mayoría de los invitados de la boda estaban muy alcoholizados, incluyendo a los protagonistas del hecho de sangre.
Además se estableció (por dichos de testigos presenciales), que se produjo un intercambio de golpes entre los protagonistas, antes que Carreño extrajera un cuchillo de la gaveta de su camioneta y atacara a González.
Nunca se va a saber cuál fue el motivo que promovió al abogado Agustín González salir de la fiesta detrás de la pareja, que ya estaba incómoda por las actitudes que este tenía sobre la novia del ingeniero Carreño, caminar más de 120 metros y subirse en la parte trasera de la camioneta que estaba a punto de salir del lugar.
Los invitados protagonistas del lamentable episodio eran amigos de los recién casados, pero no se conocían entre sí. En realidad la novia de Carreño era compañera de facultad de la provincia de Córdoba del hombre que contraía matrimonio.
Luego de la producción de los alegatos, el presidente de trámite Mario González le preguntó si tenía algo más para decir a Carreño, y este dijo sentirse "apenado y arrepentido por el hecho y que es una locura que dos personas estén implicadas en un hecho por culpa del exceso de alcohol". Pidió la absolución
El abogado Lucas Grenni en su alegato había solicitado que su defendido sea absuelto o de manera subsidiaria sea condenado por "exceso en legítima defensa", además de solicitar la nulidad de la declaración de la ausente testigo Mileva Zec. Planteo que fue denegado por el Tribunal enjuiciador y fueron incorporados a través de lectura en la causa.
Grenni sostuvo que Carreño "actuó en defensa de su novia".

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