Un hombre fue condenado a la pena ocho años y seis meses de prisión efectiva por el delito de homicidio simple, según se desprende del fallo emitido por el Tribunal presidido por Elio Luciano Yapura, acerca de un hecho ocurrido el 25 de mayo de 2023 en las 150 Hectáreas del barrio Alto Comedero de la capital jujeña.
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Un hombre fue condenado a la pena ocho años y seis meses de prisión efectiva por el delito de homicidio simple, según se desprende del fallo emitido por el Tribunal presidido por Elio Luciano Yapura, acerca de un hecho ocurrido el 25 de mayo de 2023 en las 150 Hectáreas del barrio Alto Comedero de la capital jujeña.
Fuentes consultadas por El Tribuno de Jujuy, el sujeto llegó a la instancia de juicio tras lo acontecido en la fecha señalada, cuando cerca de las 17.30 la víctima, Gabriel Alejandro Pérez, se encontraba en su domicilio ubicado en el mencionado sector barrial capitalino.
En esas circunstancias, el sentenciado llegó al lugar montado en su caballo y vestido de gaucho tras participar en un desfile.
Sin embargo, luego de entablar una conversación con Pérez, lo apuñaló en el pecho con un facón de gran tamaño, provocándole una herida mortal y se dio a la fuga.
Según lo investigado, el conflicto surgió debido a que los perros que criaba Pérez habían atacado a la madre del acusado.
Con respecto a los alegatos, el fiscal Diego Cussel afirmó que "ser gaucho y un enojo no amerita arrebatar una vida" y destacó que el hecho quedó registrado en las cámaras de seguridad, razón por la cual solicitó la pena de 16 años de prisión.
Mientras que la querella, llevada adelante por Joaquín Campos, apoyó la postura del fiscal aunque a solicitud de la familia de la víctima pidió una pena diferente, 18 años de prisión efectiva.
En el juicio, el Tribunal integrado también por las juezas Felicia Esther Barrios y Ana Carolina Pérez Rojas, también evaluó un segundo hecho de lesiones leves, en el que habría estado involucrado el hijo del acusado, quien presuntamente forcejeó con la pareja de la víctima mientras esta grababa el incidente con su celular.
Finalmente los magistrados dictaron la condena de ocho años y seis meses de prisión efectiva e inhabilitación absoluta por igual término, al ser hallado autor material y penalmente responsable del delito de homicidio simple, previsto en el artículo 79 del Código Penal, conforme a los artículos 40, 41, 12 y 29 inciso tercero del mismo cuerpo legal, y los artículos 406 y concordantes del Código Procesal Penal de la ley 6259, modificados por la ley 6400.
No obstante, el hijo del inculpado fue sobreseído por el beneficio de la duda. Ambos contaron con la defensa ejercida por Luis Manuel Conde y Daniel Fernando Ibáñez.