El viernes pasado se celebró el día del Empleado de Comercio, razón por la cual el día no laborable lo trasladaron para hoy es por eso mismo que hoy no hay actividad en el rubro comercial en supermercados, negocios mayoristas y minoristas salvo en aquellos que son atendidos por sus propios dueños.
La Ley 26.541 dice “Establéese como descanso para los empleados de comercio, el día 26 de septiembre de cada año, en que se conmemora el "Día del Empleado de Comercio". En dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales”.
Es decir, que los trabajadores están exentos de prestar tareas.