La Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo resolvió rechazar la acción de amparo genérico interpuesta por Lucas Leonardo Ruiz y Analía del Carmen Cachi, alumnos de la Escuela de Educación Técnica Nº 1 "General Savio" de Palpalá, en contra del Estado Provincial por la inhabilitación para participar de los desfiles de carrozas y Sábados Estudiantiles de la Fiesta Nacional de los Estudiantes (FNE).
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La Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo resolvió rechazar la acción de amparo genérico interpuesta por Lucas Leonardo Ruiz y Analía del Carmen Cachi, alumnos de la Escuela de Educación Técnica Nº 1 "General Savio" de Palpalá, en contra del Estado Provincial por la inhabilitación para participar de los desfiles de carrozas y Sábados Estudiantiles de la Fiesta Nacional de los Estudiantes (FNE).
Por otra parte, trascendió que los estudiantes siguen construyendo su carroza y la presentarían sólo en la ciudad de Palpalá.
Así también, ante la proximidad de la FNE, el Tribunal ordenó al Estado Provincial expedirse en el plazo de veinte días en relación al recurso jerárquico que se tramita, en el ámbito del Poder Ejecutivo, por Expediente Nº 200-349-2018, relacionado a la sanción impuesta.
La decisión judicial se funda en que "los amparistas optaron por el carril impugnativo en sede de la Administración en procura de obtener respuesta satisfactoria y poder actuar su derecho, a través de los recursos de revocatoria y jerárquico ante el gobernador de la Provincia, y encontrándose pendiente aún éste último, ocurren ante esta instancia jurisdiccional por la vía excepcionalísima del amparo, por lo que éste no puede prosperar".
Citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal de Justicia, los jueces consideraron que "bajo estas circunstancias, las pretensiones de los amparistas no puede tener siquiera tratamiento desde que reclamarse pronunciamiento judicial sobre materia específica del poder administrador, en particular, el gobernador de la Provincia, sería una injerencia peligrosa del Poder Judicial en cuestiones que corresponden al ámbito propio de gobierno y administración del Poder Ejecutivo".
La Sala I del Tribunal en lo Contencioso Administrativo estuvo integrada por los jueces Ruth Alicia Fernández (presidente de trámite) y David Jorge Casas.
La situación
Según el informe efectuado por el Ente Autárquico Permanente de la FNE, los hechos que ocasionaron la sanción ocurrieron el 13 de septiembre de 2017, cuando la carroza de la EET Nº 1 de Palpalá habría ingresado por otro lugar al predio de la Ciudad Cultural haciendo caso omiso a la indicación de los organizadores. Posteriormente, el personal habría advertido al profesor asesor que no estaba permitido que ingrese toda la caravana, ante ello, se relata que el docente se dirigió respondiendo con prepotencia y falta de respeto, produciéndose una serie de agresiones y discusiones.
Seguidamente el profesor de la escuela habría insistido a los alumnos a que empujaran la carroza, y de esa manera se llevaron por delante a Luis Pedro Tarifa, personal responsable del Ente, provocando que cayera al piso y merced a que uno de los presentes lo arrastró hacia atrás, la carroza no lo aplastó.
Tras la sanción del Ente de suspender su participación en la FNE por 2 años, hubo una instancia de diálogo y la decisión de que fuera de un año pero presentaron el amparo.