La ong Cepis -encabezado por un militante del Frente para la Victoria-, que pidió el amparo del aumento de tarifas, le preguntó a la Cámara si su fallo que suspendía el aumento en el gas seguía vigente. Fue tras la presentación de la apelación del Gobierno del martes. Es que la sala II notificó a las partes sobre el recurso pedido por el Poder Ejecutivo.
"La parte actora ha solicitado que se conceda una medida cautelar que ordene la suspensión del aumento en la tarifa de gas natural hasta tanto se resuelva la presente causa", indicó la Cámara en un escrito. "Ahora bien, cabe precisar que la sentencia definitiva dictada por este Tribunal, por la cual se dispuso retrotraer la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de las resoluciones 28 y 31 (las que establecían los aumentos), tiene pleno efectos con virtualidad inmediata, sin que se requiera -en este estadio- de una medida cautelar para brindarle efectividad", manifestó la Cámara.
El ministerio de Energía considera que la sola presentación de su apelación a la Cámara Federal es suficiente para suspender los efectos del fallo. Esa interpretación no es compartida por distintas fuentes judiciales independientes de este proceso.
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La ong Cepis -encabezado por un militante del Frente para la Victoria-, que pidió el amparo del aumento de tarifas, le preguntó a la Cámara si su fallo que suspendía el aumento en el gas seguía vigente. Fue tras la presentación de la apelación del Gobierno del martes. Es que la sala II notificó a las partes sobre el recurso pedido por el Poder Ejecutivo.
"La parte actora ha solicitado que se conceda una medida cautelar que ordene la suspensión del aumento en la tarifa de gas natural hasta tanto se resuelva la presente causa", indicó la Cámara en un escrito. "Ahora bien, cabe precisar que la sentencia definitiva dictada por este Tribunal, por la cual se dispuso retrotraer la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de las resoluciones 28 y 31 (las que establecían los aumentos), tiene pleno efectos con virtualidad inmediata, sin que se requiera -en este estadio- de una medida cautelar para brindarle efectividad", manifestó la Cámara.
El ministerio de Energía considera que la sola presentación de su apelación a la Cámara Federal es suficiente para suspender los efectos del fallo. Esa interpretación no es compartida por distintas fuentes judiciales independientes de este proceso.