En una votación dividida, la Cámara Federal desestimó ayer la denuncia que había efectuado días antes de morir el fiscal Alberto Nisman contra la presidente Cristina Fernández de Kirchner y otros dirigentes oficialistas por supuesto encubrimiento de los acusados iraníes en el atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (Amia) en 1994.
Los camaristas de la Sala I, Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, se inclinaron a favor de ratificar el criterio del magistrado Daniel Rafecas, quien había rechazado la denuncia en primera instancia, en tanto que Eduardo Farah votó en disidencia.
Así como lo había expresado Rafecas, Freiler y Ballestero consideraron que no existen "pruebas" que sostengan la denuncia contra la Presidente, el canciller Héctor Timerman, el diputado oficialista, Andrés Larroque y los dirigentes Luis D'Elía y Fernando Esteche, líder de la agrupación Quebracho, entre otros.
De esta forma, el Tribunal no dio lugar a la apelación presentada por el fiscal Germán Moldes, quien ahora podría reclamar ante Casación Penal, máximo tribunal penal del país, aunque para ello requerirá del respaldo de un fiscal de Cámara que acompañe su pedido; y eventualmente en caso de que su pedido sea denegado recurrir hasta la Corte Suprema de Justicia.
Luego de la muerte de Nisman, el fiscal Gerardo Pollicita impulsó su denuncia y le solicitó a Rafecas que llevara adelante 46 medidas de prueba para corroborar la hipótesis que indicaba que el Memorándun con Irán era parte de un pacto de impunidad a cambio de petróleo y granos.
Rafecas rechazó la acusación, al entender que era infundada y "no había delito", y más tarde el fiscal de Cámara Moldes volvió a impulsar la denuncia, que ahora se encontró con una negativa en la Cámara Federal.
En la resolución, Ballestero consideró que "el Memorándum pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la Amia existe un abismo".
A su turno, Freiler coincidió en que a la denuncia de Nisman le faltaron pruebas y recordó que "el artículo 176 del Código Procesal Penal de la Nación dispone que la presentación deberá contener, en cuanto fuere posible, la relación del hecho, con las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecución, y la indicación de sus partícipes, damnificados, testigos y demás elementos que puedan conducir a su comprobación y calificación legal". Y recalcó: "Advertimos que la presentación elaborada por el Dr. Nisman evidencia una antojadiza concatenación de diversos elementos de juicio que no revisten, en sí mismos, relevancia alguna, pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida".
Por último, Farah, quien acompañó el pedido de Moldes, afirmó que "lo único que se exige para iniciar una investigación es que exista una hipótesis de tipo criminal que no resulte inverosímil". El magistrado cuestionó la decisión de Rafecas y dijo que su "criterio es apresurado", porque "según ha trascendido existen comunicaciones grabadas en el marco de la intercepción en cuestión, que aún no fueron puestas en conocimiento de la Justicia".
"Insisto, es iniciando la instrucción y dando curso a las medidas de prueba que devienen pertinentes que podrán esclarecerse todos los interrogantes en pie. Negar su apertura no sólo es incorrecto, contraría lo estipulado por la ley", finalizó el camarista Eduardo Farah en disidencia.
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En una votación dividida, la Cámara Federal desestimó ayer la denuncia que había efectuado días antes de morir el fiscal Alberto Nisman contra la presidente Cristina Fernández de Kirchner y otros dirigentes oficialistas por supuesto encubrimiento de los acusados iraníes en el atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (Amia) en 1994.
Los camaristas de la Sala I, Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, se inclinaron a favor de ratificar el criterio del magistrado Daniel Rafecas, quien había rechazado la denuncia en primera instancia, en tanto que Eduardo Farah votó en disidencia.
Así como lo había expresado Rafecas, Freiler y Ballestero consideraron que no existen "pruebas" que sostengan la denuncia contra la Presidente, el canciller Héctor Timerman, el diputado oficialista, Andrés Larroque y los dirigentes Luis D'Elía y Fernando Esteche, líder de la agrupación Quebracho, entre otros.
De esta forma, el Tribunal no dio lugar a la apelación presentada por el fiscal Germán Moldes, quien ahora podría reclamar ante Casación Penal, máximo tribunal penal del país, aunque para ello requerirá del respaldo de un fiscal de Cámara que acompañe su pedido; y eventualmente en caso de que su pedido sea denegado recurrir hasta la Corte Suprema de Justicia.
Luego de la muerte de Nisman, el fiscal Gerardo Pollicita impulsó su denuncia y le solicitó a Rafecas que llevara adelante 46 medidas de prueba para corroborar la hipótesis que indicaba que el Memorándun con Irán era parte de un pacto de impunidad a cambio de petróleo y granos.
Rafecas rechazó la acusación, al entender que era infundada y "no había delito", y más tarde el fiscal de Cámara Moldes volvió a impulsar la denuncia, que ahora se encontró con una negativa en la Cámara Federal.
En la resolución, Ballestero consideró que "el Memorándum pudo ser un fracaso para la diplomacia argentina, un error para los anales legislativos, una desilusión para quienes creyeron ver en su texto el avance de la investigación por el atentado, pero de allí a ver forjado en él un maquiavélico plan por encubrir a los responsables de las cientos de víctimas de la voladura de la Amia existe un abismo".
A su turno, Freiler coincidió en que a la denuncia de Nisman le faltaron pruebas y recordó que "el artículo 176 del Código Procesal Penal de la Nación dispone que la presentación deberá contener, en cuanto fuere posible, la relación del hecho, con las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecución, y la indicación de sus partícipes, damnificados, testigos y demás elementos que puedan conducir a su comprobación y calificación legal". Y recalcó: "Advertimos que la presentación elaborada por el Dr. Nisman evidencia una antojadiza concatenación de diversos elementos de juicio que no revisten, en sí mismos, relevancia alguna, pero que son encadenados de forma tal que simulen demostrar la hipótesis delictiva sostenida".
Por último, Farah, quien acompañó el pedido de Moldes, afirmó que "lo único que se exige para iniciar una investigación es que exista una hipótesis de tipo criminal que no resulte inverosímil". El magistrado cuestionó la decisión de Rafecas y dijo que su "criterio es apresurado", porque "según ha trascendido existen comunicaciones grabadas en el marco de la intercepción en cuestión, que aún no fueron puestas en conocimiento de la Justicia".
"Insisto, es iniciando la instrucción y dando curso a las medidas de prueba que devienen pertinentes que podrán esclarecerse todos los interrogantes en pie. Negar su apertura no sólo es incorrecto, contraría lo estipulado por la ley", finalizó el camarista Eduardo Farah en disidencia.
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