Tres agentes penitenciarios fueron condenados a penas de entre cinco y tres años de prisión, mientras que otros seis fueron absueltos por la Justicia de Santiago del Estero, tras un juicio oral realizado por la muerte de 35 presos durante un motín e incendio ocurrido en noviembre de 2007 en el penal de varones de la capital provincial.
La Cámara del Crimen de Tercera Nominación sentenció a Carlos José Salomón a cinco años de cárcel; a Mariano Arturo Cuellar a cuatro y a Manuel Ocampo a tres, además de inhabilitarlos a ejercer cargos públicos por 10, 7 y 5 años, respectivamente.
En la misma resolución judicial, fueron absueltos los guardiacárceles Segundo González, Osvaldo Matías Martín, Carlos Sánchez, Adrián Bellido, Juan Coronel y Andrés García.
Tras la lectura de la sentencia, Salomón y Cuellar, que habían llegado al juicio en libertad, fueron detenidos y alojados en la Escuela de Policía "Coronel Lorenzo Lugones" para el cumplimiento efectivo de la condena, en la que se computará el tiempo que permanecieron detenidos tras el motín.
Al escuchar el veredicto, medio centenar de familiares de las víctimas, acompañados de dirigentes de organismos de derechos humanos, protagonizaron incidentes en la planta baja de los tribunales de Santiago del Estero, por considerar a los nueve penitenciarios autores de la muerte de los 35 reclusos y las heridas que sufrieron otros 10.
"Fue un fallo vergonzoso", fue la frase que más pronunciaron los presentes en la sala, quienes esperaban una condena mucho más alta.
Por otra parte, el tribunal integrado por los camaristas José Luis Guzmán, Federico López Alzogaray y Elida Suárez de Bravo condenó al Estado provincial a pagar una indemnización de 130.000 pesos a familiares de una de las víctimas, Carlos Oscar Bustamante, y 230.000 pesos a los padres de los hermanos Oscar y Eduardo Orellana, que murieron quemados en el motín.
Durante la ronda de alegatos, la fiscal Olga Gay de Castellano y las querellas de tres víctimas, habían pedido prisión perpetua para el guardiacárcel Salomón y una pena de cuatro años y medio de cárcel para Cuellar, Ocampo y González.
En su alegato, la fiscal y los representantes de los familiares habían considerado que Salomón debía ser condenado por "homicidio calificado" y el resto por "homicidio y lesiones culposas", pero finalmente el tribunal optó por esta última figura legal, la misma por la que el juez Ramón Tarchini los había procesado en la instrucción de la causa.
En las últimas palabras antes del veredicto, los acusados dijeron que era "injusto" que estuvieran en el banquillo porque "las condiciones de seguridad en la cárcel no estaban dadas, los presos estaban alojados en condiciones infrahumanas y los familiares sabían que no los alimentaban bien".
Salomón remarcó que estaba "sorprendido" porque pese a que los imputados eran nueve, él era el único al que le habían suspendido el sueldo y la obra social al cien por ciento, mientras que al resto no se les habían practicado ningún descuento.
El incidente se originó en la noche del 7 de noviembre de 2007 en la unidad carcelaria ubicada en Alsina 850 de la capital santiagueña, cuando los reclusos, en su mayoría procesados, prendieron fuego a colchones como protesta por las requisas vejatorias que padecían sus visitas y a los malos tratos recibidos.
Las llamas se volvieron incontrolables en el pabellón 2 y de acuerdo a los testimonios de sobrevivientes y familiares de las víctimas, los efectivos de la penitenciaría santiagueña habían trabado las puertas desde afuera con candados, lo que impidió que los presos pudieran escapar.
Tres agentes penitenciarios fueron condenados a penas de entre cinco y tres años de prisión, mientras que otros seis fueron absueltos por la Justicia de Santiago del Estero, tras un juicio oral realizado por la muerte de 35 presos durante un motín e incendio ocurrido en noviembre de 2007 en el penal de varones de la capital provincial.
La Cámara del Crimen de Tercera Nominación sentenció a Carlos José Salomón a cinco años de cárcel; a Mariano Arturo Cuellar a cuatro y a Manuel Ocampo a tres, además de inhabilitarlos a ejercer cargos públicos por 10, 7 y 5 años, respectivamente.
En la misma resolución judicial, fueron absueltos los guardiacárceles Segundo González, Osvaldo Matías Martín, Carlos Sánchez, Adrián Bellido, Juan Coronel y Andrés García.
Tras la lectura de la sentencia, Salomón y Cuellar, que habían llegado al juicio en libertad, fueron detenidos y alojados en la Escuela de Policía "Coronel Lorenzo Lugones" para el cumplimiento efectivo de la condena, en la que se computará el tiempo que permanecieron detenidos tras el motín.
Al escuchar el veredicto, medio centenar de familiares de las víctimas, acompañados de dirigentes de organismos de derechos humanos, protagonizaron incidentes en la planta baja de los tribunales de Santiago del Estero, por considerar a los nueve penitenciarios autores de la muerte de los 35 reclusos y las heridas que sufrieron otros 10.
"Fue un fallo vergonzoso", fue la frase que más pronunciaron los presentes en la sala, quienes esperaban una condena mucho más alta.
Por otra parte, el tribunal integrado por los camaristas José Luis Guzmán, Federico López Alzogaray y Elida Suárez de Bravo condenó al Estado provincial a pagar una indemnización de 130.000 pesos a familiares de una de las víctimas, Carlos Oscar Bustamante, y 230.000 pesos a los padres de los hermanos Oscar y Eduardo Orellana, que murieron quemados en el motín.
Durante la ronda de alegatos, la fiscal Olga Gay de Castellano y las querellas de tres víctimas, habían pedido prisión perpetua para el guardiacárcel Salomón y una pena de cuatro años y medio de cárcel para Cuellar, Ocampo y González.
En su alegato, la fiscal y los representantes de los familiares habían considerado que Salomón debía ser condenado por "homicidio calificado" y el resto por "homicidio y lesiones culposas", pero finalmente el tribunal optó por esta última figura legal, la misma por la que el juez Ramón Tarchini los había procesado en la instrucción de la causa.
En las últimas palabras antes del veredicto, los acusados dijeron que era "injusto" que estuvieran en el banquillo porque "las condiciones de seguridad en la cárcel no estaban dadas, los presos estaban alojados en condiciones infrahumanas y los familiares sabían que no los alimentaban bien".
Salomón remarcó que estaba "sorprendido" porque pese a que los imputados eran nueve, él era el único al que le habían suspendido el sueldo y la obra social al cien por ciento, mientras que al resto no se les habían practicado ningún descuento.
El incidente se originó en la noche del 7 de noviembre de 2007 en la unidad carcelaria ubicada en Alsina 850 de la capital santiagueña, cuando los reclusos, en su mayoría procesados, prendieron fuego a colchones como protesta por las requisas vejatorias que padecían sus visitas y a los malos tratos recibidos.
Las llamas se volvieron incontrolables en el pabellón 2 y de acuerdo a los testimonios de sobrevivientes y familiares de las víctimas, los efectivos de la penitenciaría santiagueña habían trabado las puertas desde afuera con candados, lo que impidió que los presos pudieran escapar.