La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda la Asignación por Embarazo para Protección Social, un subsidio económico mensual destinado a mujeres gestantes que se encuentren desempleadas, trabajen en la informalidad o estén en situación de vulnerabilidad social y no cuenten con ingresos suficientes.
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda la Asignación por Embarazo para Protección Social, un subsidio económico mensual destinado a mujeres gestantes que se encuentren desempleadas, trabajen en la informalidad o estén en situación de vulnerabilidad social y no cuenten con ingresos suficientes.
El beneficio, que actualmente asciende a $92.070, se abona de una manera particular: cada mes se cobra el 80% de ese monto, mientras que el 20% restante se retiene y se abona de forma acumulativa una vez finalizado el embarazo, siempre que se cumplan todos los requisitos.
¿Quiénes pueden cobrarlo?
El subsidio está dirigido a:
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Personas desocupadas (incluyendo a su cónyuge o conviviente).
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Trabajadoras informales con ingresos inferiores al salario mínimo.
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Monotributistas sociales.
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Trabajadoras de casas particulares registradas.
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Personas inscriptas en otros programas sociales.
Requisitos principales para solicitarlo
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Tener un embarazo de 12 semanas o más.
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Ser argentina nativa o naturalizada con DNI. En el caso de personas extranjeras, acreditar al menos 3 años de residencia legal en el país.
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Estar inscripta en el Programa Sumar del Ministerio de Salud (con algunas excepciones) y cumplir con los controles prenatales establecidos.
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No tener obra social (excepto para los casos de monotributistas sociales, empleadas domésticas registradas y desempleadas con cobertura de salud).
¿Cómo es el trámite?
El proceso puede ser automático o requerir una gestión presencial:
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Trámite Automático: Si la embarazada ya está inscripta en el Programa Sumar y el Ministerio de Salud ya derivó los datos a ANSES, el pago se acredita de forma automática sin necesidad de realizar ningún trámite.
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Trámite Presencial: Si el pago no se genera de forma automática, la solicitante debe sacar un turno previo y acudir a una oficina de ANSES. Para los casos de monotributistas sociales, personal de casas particulares y desempleadas con cobertura de salud, el trámite es exclusivamente presencial.
Documentación necesaria
Quienes deban realizar el trámite presencial deben presentar:
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El Formulario de Solicitud PS 2.67 completo. El rubro 1 debe ser llenado y firmado por la embarazada, y el rubro 2 por el médico tratante (o presentar un certificado médico que lo reemplace).
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La constancia de inscripción en el Programa Sumar, solo si corresponde.
Cobro del 20% acumulado
Para recibir el 20% retenido mensualmente, se debe completar el mismo formulario PS 2.67 (rubros 1 y 3) y presentarlo en ANSES con turno previo. Este trámite puede realizarse hasta 12 meses después de la finalización del embarazo (parto, nacimiento sin vida o interrupción). Es indispensable que el recién nacido también esté inscripto en el Programa Sumar.
Para más información sobre los medios de cobro y la gestión de turnos, se puede consultar la página oficial de ANSES.