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Carnaval bajo estricto control: multas de hasta $5 millones para quienes violen las normas

El juzgado contravencional detalló las sanciones por exceder horarios, causar desórdenes o arrojar agua a personas que no participan de los festejos.

Domingo, 08 de febrero de 2026 08:43

Durante los festejos de Carnaval, regirán estrictas normas de convivencia y horarios, cuyo incumplimiento puede acarrear multas que alcanzan un máximo cercano a los cinco millones de pesos. Las sanciones aplican tanto para organizadores de eventos como para particulares que perturben el orden público.

Los eventos se dividen en dos franjas horarias bien definidas: los vespertinos, autorizados entre las 13 y las 22, y los nocturnos, que se extienden desde las 22 hasta las 5.30 de la madrugada. Los organizadores que excedan estos límites se exponen a una sanción de hasta 35 unidades de multa, equivalente al monto máximo mencionado. Cada caso se evalúa posteriormente en el juzgado, donde se puede confirmar o reducir la multa según las circunstancias.

Entre las conductas expresamente prohibidas se encuentra el lanzamiento de agua u otros elementos desde vehículos o edificios sobre personas que no deseen participar de los juegos. Esta acción puede ser denunciada y conlleva una multa de hasta 5 unidades. También se sancionan las deposiciones indebidas en la vía pública, con penas que pueden llegar a un valor similar.

El código contravencional contempla sanciones progresivas por ruidos molestos, desórdenes públicos, escándalos y embriaguez escandalosa, con multas que van desde las 10 hasta las 20 unidades. Además, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos, conducta sancionada con 15 unidades de multa.

Para los eventos vespertinos se permite el ingreso de menores acompañados por adultos, mientras que en los nocturnos el control es más riguroso. Las autoridades recomiendan a los vecinos que, si un evento genera molestias fuera del horario permitido, radiquen una denuncia en la comisaría más cercana para su intervención.

Actualmente, el valor de una unidad de multa (UM) es de $170.500, lo que determina el monto final de cada sanción según el artículo contravencional que se aplique.

VALOR DE UNIDAD MULTA UM: $170.500

  • ARTICULO. 55º: Gestos o palabras en la vía pública que afecten la dignidad. 5 UM ($852.500)

  • ARTICULO 69: DESORDENES PUBLICOS 10 UM ($1.705.000).-

  • ARTICULO 70: ESCANDALOS PUBLICOS 20 UM ($3.410.000).-

  • ARTICULO 77: CONSUMO DE BEBDIAS ALCOHOLICAS EN VIA PUBLICA O EN PLAZAS 15 UM ($2.557.500)

  • ARTICULO 78: EMBRIAGUEZ ESCANDALOSA 20 UM ($3.410.000).-

  • ARTICULO 94: JUEGOS EN OCASIÓN DE LA CELEBRACION DE CARNAVAL 5 UM ($852.500).-

  • LOS QUE UTILIZAREN SUSTANCIAS U OTROS ELEMENTOS CAPACES DE PRODUCIR PELIGRO PARA LA INTEGRIDAD DE LOS TERCEROS.-

  • ARROJAREN AGUA DESDE VEHICULOS EN MOVIMENTO O DESDE EDIFICIOS

  • ARROJAREN AGUA O UTILIZAREN OTROS MEDIOS CAPACES, CONFORME A LAS CIRSCUNTANCIAS, DE CAUSAR MOLESTIAS A TERCEROS QUE NO PARTICIPAN DE LOS JUEGOS DE CARNAVAL.-

  • ARTICULO 124: DEPOSICIONES INDEBIDAS 5 UM ($852.500).-

 

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