Quienes atenten contra la integridad de terceros arrojando elementos contundentes o tóxicos y también por molestar a personas que no están formando parte de los festejos de carnaval, deberán afrontar una multa que va desde los $30.000. También se podrían aplicar sanciones como trabajos comunitarios.
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Quienes atenten contra la integridad de terceros arrojando elementos contundentes o tóxicos y también por molestar a personas que no están formando parte de los festejos de carnaval, deberán afrontar una multa que va desde los $30.000. También se podrían aplicar sanciones como trabajos comunitarios.
Así lo indicó el juez contravencional, Matías Ustarez, al referirse a los alcances comprendidos en el Código Contravencional respecto a la celebración del carnaval en la provincia.
En el caso de los montos de multas por consumir alcohol en la vía pública y plazas, ronda los $98.000; orinar o defecar en la vía pública se ubica en $32.000; por desorden público a $65.000; perjuicios a la propiedad: $98.000 y expresiones discriminatorias hasta $98.000.
Ustarez señaló que está prohibido arrojar desde vehículos en movimiento o edificios públicos agua o algún elemento a personas en la vía pública.
Tampoco no se permite utilizar elementos o productos que puedan generar un daño en la integridad física de las personas, por ejemplo, en vez de talco, cal.
Horarios para las fiestas vespertinas va desde las 13 hasta las 22; el régimen de la fiesta nocturna va desde las 22 hasta las 5.30. Es de suma importancia tener en cuenta las habilitaciones para llevar adelante los eventos bailables y festejos.
Los permisos se deben tramitar en la Policía, no exceder la capacidad de personas en los distintos lugares habilitados y respetar los horarios de funcionamiento.