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25 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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Abuelos a cargo de sus nietos: cómo acceder a la Asignación Universal por Hijo

El organismo previsional detalló el procedimiento para que los adultos que tienen menores bajo su cuidado, pero no son sus padres, puedan cobrar la ayuda estatal. 

Lunes, 25 de agosto de 2025 13:01

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece que el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o de las asignaciones familiares del SUAF corresponde prioritariamente a la madre. Sin embargo, cuando los menores se encuentran al cuidado de otros familiares, como abuelos, tíos o el padre, existe un trámite específico que permite transferir el beneficio: la llamada Adenda 63.

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece que el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o de las asignaciones familiares del SUAF corresponde prioritariamente a la madre. Sin embargo, cuando los menores se encuentran al cuidado de otros familiares, como abuelos, tíos o el padre, existe un trámite específico que permite transferir el beneficio: la llamada Adenda 63.

Este procedimiento está diseñado para aquellos casos en los que la tenencia y convivencia con el niño, niña o adolescente es ejercida por un tercero. La clave para la elegibilidad del beneficio radica en la situación laboral del solicitante: si se encuentra en relación de dependencia (empleo formal), deberá gestionar el SUAF; si está desempleado, es trabajador de casas particulares o monotributista social, corresponderá la AUH. En ambos casos, se evalúan los ingresos económicos de todo el grupo familiar.

Documentación necesaria para el trámite

Para iniciar la solicitud de la Adenda 63, el adulto a cargo del menor debe presentar la siguiente documentación ante las autoridades competentes:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante, en original y fotocopia.

  • DNI y partida de nacimiento del menor a cargo, en original y copia.

  • Documentación que acredite la tenencia y la convivencia con el menor. Este respaldo es fundamental para demostrar que el niño vive efectivamente con el solicitante.

Además de esta documentación básica, es necesario completar y presentar tres formularios específicos: una Declaración Jurada (DDJJ), una nota de evaluación y un informe de reconversión.

¿Dónde se gestionan los formularios?

Estos tres documentos deben obtenerse previamente en la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), dependiente del Ministerio de Capital Humano. También pueden ser emitidos por los organismos de niñez provinciales, siempre y cuando cuenten con la firma autorizada ante ANSES para validar los informes.

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