A través de una resolución del Ministerio de Energía, publicada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo detalló que el beneficio alcanza a Metrogas, Litoral Gas, Gasnor, Gasnea, Gas Natural BAN, Distribuidora de Gas del Centro, Distribuidora de Gas Cuyana, Camuzzi Gas del Sur y Camuzzi Gas Pampeana, cada una de ellas con distintos montos.
El texto oficial aclaró que la transferencia del dinero "resultará aplicable en tanto se mantenga, a criterio del Enargas, la situación económico financiera de las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes que motiva el otorgamiento de la asistencia, teniendo en cuenta la disponibilidad de fondos para atender sus obligaciones de inversión y pagos a productores de gas".
Además, puntualizó que para el libramiento de los fondos correspondientes a la asistencia económica transitoria, las Licenciatarias "deberán presentar ante el Enargas, para su intervención previa, una declaración jurada sobre el destino a asignar a los montos requeridos".
También, el Poder Ejecutivo dispuso que las empresas "no podrán efectuar distribución de dividendos".
inicia sesión o regístrate.
A través de una resolución del Ministerio de Energía, publicada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo detalló que el beneficio alcanza a Metrogas, Litoral Gas, Gasnor, Gasnea, Gas Natural BAN, Distribuidora de Gas del Centro, Distribuidora de Gas Cuyana, Camuzzi Gas del Sur y Camuzzi Gas Pampeana, cada una de ellas con distintos montos.
El texto oficial aclaró que la transferencia del dinero "resultará aplicable en tanto se mantenga, a criterio del Enargas, la situación económico financiera de las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes que motiva el otorgamiento de la asistencia, teniendo en cuenta la disponibilidad de fondos para atender sus obligaciones de inversión y pagos a productores de gas".
Además, puntualizó que para el libramiento de los fondos correspondientes a la asistencia económica transitoria, las Licenciatarias "deberán presentar ante el Enargas, para su intervención previa, una declaración jurada sobre el destino a asignar a los montos requeridos".
También, el Poder Ejecutivo dispuso que las empresas "no podrán efectuar distribución de dividendos".