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11 de Marzo,  Jujuy, Argentina
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Nuevo aumento de la energía en Jujuy: las facturas llegan con subas de hasta el 8,6%

El ajuste responde a una actualización en el precio estacional de la energía dispuesto por CAMMESA y a una modificación en el Valor Agregado de Distribución.

Miércoles, 11 de marzo de 2026 09:19

Los usuarios del servicio eléctrico en Jujuy ya reciben sus facturas con valores actualizados. A partir de febrero de 2026, entró en vigencia un nuevo cuadro tarifario oficializado por la empresa EJESA, que representa un aumento bimestral que oscila entre el 7,5% y el 8,6% según el tipo de usuario.

El ajuste responde a dos componentes principales. Por un lado, se aplicó un incremento del 10,41% en el precio estacional de la energía que fija CAMMESA a nivel nacional, concepto que abarca los costos de generación y transporte para los meses de febrero, marzo y abril. A eso se suma una actualización en el Valor Agregado de Distribución (VAD) de aproximadamente el 6,5%, que es el margen que percibe la distribuidora local.

Hugo Montaño, a cargo transitorio del directorio de la Superintendencia de Servicios Públicos (SUSEPU), explicó que la combinación de ambos factores deriva en el porcentaje final que impacta en el bolsillo de los jujeños durante este bimestre.

En paralelo a la suba, el organismo de control reiteró que mantiene una vigilancia estricta sobre el desempeño de EJESA. Según detalló Montaño, una consultora externa contratada por la SUSEPU monitorea periódicamente el plan de inversiones que la empresa debe cumplir en el marco del quinquenio 2022-2027. En ese análisis, se han detectado desvíos e incumplimientos correspondientes al cuarto año del período concesionado.

Ante esta situación, el ente regulador recordó que ya se han aplicado sanciones económicas a la distribuidora por cortes no programados en el servicio. En esos casos, los usuarios afectados recibieron resarcimientos automáticos reflejados en sus facturas, que en algunas oportunidades implicaron la anulación del cargo fijo por uso de red e incluso del consumo del período.

Desde la SUSEPU aclararon que estos resarcimientos no dependen de un reclamo formal por parte del cliente. Se aplican de oficio a todos los usuarios comprendidos en una zona determinada una vez que el corte supera las dos horas desde el momento en que debió restablecerse el servicio.

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