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4 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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El Poder Judicial restablece sus actividades progresivamente

Se fijó, transitoriamente, el horario de 8 a 12.30 y de 15 a 19.30. Tomaron distintas medidas a nivel edilicio y tecnológico.

Jueves, 23 de abril de 2020 01:02

A partir del 27 de este mes se restablecerá progresivamente la actividad del Poder Judicial de Jujuy, como función esencial del Estado de derecho en el marco de la pandemia del Covid-19. Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en la Acordada 27/20 y su Anexo, el cual incluye el protocolo al que deberá ajustarse la actividad judicial y detalla el plan estratégico de medidas para su restablecimiento.

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A partir del 27 de este mes se restablecerá progresivamente la actividad del Poder Judicial de Jujuy, como función esencial del Estado de derecho en el marco de la pandemia del Covid-19. Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en la Acordada 27/20 y su Anexo, el cual incluye el protocolo al que deberá ajustarse la actividad judicial y detalla el plan estratégico de medidas para su restablecimiento.

Comprende tres grandes grupos: infraestructura edilicia e informática, medidas de distanciamiento social e higiene del personal del Poder Judicial y medidas para letrados y público en general.

El STJ resolvió que el trabajo se retomará bajo medidas sanitarias que observan en lo posible las indicaciones y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, aceptadas por normas nacionales y provinciales; como así las que indiquen el Departamento Médico del Poder Judicial, conforme las evaluaciones periódicas que realice el COE.

Son aquellas que tienden a disminuir la afluencia de público en las oficinas judiciales, como así también evitar reuniones o condiciones de trabajo en los que no se guarde la distancia social y física adecuada.

Además se ejecutaron obras de mejora y adecuación de infraestructura edilicia y se incorporaron herramientas al sistema informático como la utilización de videoconferencia para audiencias de conciliación y reuniones de trabajo.

También se trabaja en la puesta en marcha de la modalidad de notificación electrónica a todos los abogados y procuradores y demás usuarios y en la adecuación de la estructura del sistema de órdenes de pago judiciales que permita su reemplazo gradual por pagos y transferencias electrónicas.

Por otra parte se establecen medidas de protección de usuarios y trabajadores del Poder Judicial, entre ellas las personas que se encuentran exceptuadas de la obligación de concurrir a sus lugares de trabajo.

Pero se reitera la exhortación para que concurran a las oficinas judiciales sólo para realizar actos urgentes e indispensables. Por lo que se recomienda a los abogados y procuradores realizar consultas sobre el trámite de las causas en los correspondientes sitios de internet del Poder Judicial.

En cuanto al ingreso a los edificios judiciales, será sin acompañantes, en lo posible. Es obligatorio el uso de barbijo y se deberá atender las indicaciones del personal de seguridad sobre turnos de accesos a las oficinas y edificios.

Horario de atención

Se fijó, transitoriamente, el horario matutino de 8 a 12.30 y el vespertino de 15 a 19.30. Los jueces del fuero penal, de Violencia de Género y de Menores en turno, podrán extender los horarios de acuerdo con los requerimientos del servicio.

Mientras que los plazos procesales se reanudarán desde el lunes 27.

En cada Cámara, Sala, Juzgado, Departamento u Oficina, el juez o titular deberá seleccionar de entre el personal a su cargo -excepto los relevados de concurrir al lugar de trabajo por su condición de riesgo- dos grupos de trabajo, que asistirán a prestar servicios turnándose semanalmente en forma alternativa.

En cuanto a las audiencias ya fijadas y a fijarse se reprogramarán para ser cumplidas en horario vespertino; debiendo concurrir solamente las partes, sus letrados, testigos y peritos si los hubieren citado, y los magistrados, funcionarios y empleados en número mínimo indispensable.

Los jueces del fuero penal deberán reducir al mínimo posible los traslados de personas privadas de la libertad a los estrados judiciales.

Mesas de entradas

Especificaron que en el acceso a cada edificio, a resguardo de condiciones climáticas y de seguridad, se habilitarán mesas de entradas para recibir escritos judiciales, sin que el interesado deba necesariamente acceder al interior. En tal caso se destinará además de los auxiliares, uno o más actuarios que podrán trabajar conjunta o rotativamente entre sí, para suscribir los cargos de presentación.

Los escritos al final de cada jornada serán entregados a los respectivos actuarios de las Cámaras, Salas o Juzgados a los que estén destinados.

Los letrados y auxiliares de la Justicia que necesiten compulsar o franquear expedientes deberán anunciarse ante funcionarios o empleados de esas mesas, quienes pedirán a los jueces o secretarios autorización para el ingreso ordenado y acotado a las distintas dependencias.

Detallaron que la Acordada 27/2020 y su Anexo pueden ser consultados en la página del Poder Judicial en internet: www.justiciajujuy.gov.ar.

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