Lo hizo al declarar la inconstitucionalidad del artículo 76 de la ley 26.078 que permite la deducción del 15% de la masa coparticipable que se entrega a las provincias.
El pleito fue iniciado por la provincia de
Córdoba hace dos años y la suma reclamada ascendía a comienzos del año 2014, a 5.357 millones de pesos.
La provincia mediterránea pidió en ese momento una medida cautelar para que se suspendan las deducciones, petición a la que el máximo tribunal hizo lugar ahora.
A través de cinco fallos, la Corte se expidió en cinco demandas iniciadas por esas provincias contra la Nación reclamando en los hechos un incremento de los fondos que les gira el Poder Ejecutivo Nacional.
En el primero de esos fallos, declaró que el Estado Nacional no puede reducir los fondos coparticipables de las provincias y pide el dictado de un nuevo régimen de coparticipación federal, tal como lo ordena la Constitución. En tanto en otros dos fallos, en causas promovidas por las provincias de San luis y Santa fe, la Corte declaró la inconstitucionalidad de dos artículos del decreto 1.399/01 del PEN, que establecieron una deducción de recursos coparticipables equivalente, en la actualidad, al 1,90 por ciento de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros cuya recaudación se encuentra a cargo de la Afip.
El tribunal declaró que esos fondos eran coparticipables, y en consecuencia que debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias de Santa Fe y San Luis por aplicación de ese decreto.
El fallo, que lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y finalmente Carlos Fayt, sostiene que la quita fue dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional para financiar la operatoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin que haya mediado ningún acuerdo de parte de las provincias.
Esa deducción, según la Corte, tampoco podía ser considerada una asignación específica de recursos coparticipables porque no había sido dictada de acuerdo a los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3" de la Constitución Nacional.
En este marco, el máximo tribunal explicó que al dictar el decreto, el Poder Ejecutivo había actuado sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al Presidente de la Nación la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables.
"La Corte es independiente"
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, resaltó ayer que "no importan los cambios de Gobierno" porque el máximo tribunal "es una institución que funciona de manera independiente", al tiempo que advirtió que es "necesario" que se cubran las vacantes.
Durante un brindis de fin de año convocado por el alto tribunal, Lorenzetti señaló que la Corte "hoy tiene cinco lugares y es necesario que se integren los dos lugares que faltan", mientras que le envió un fuerte mensaje a la Casa Rosada, al advertir que "no hay ningún Gobierno que sea dueño del Estado social y de los derechos humanos". "Nos guían los principios y los valores y no las circunstancias electorales o los cambios de personas. La función de los jueces es ser guiados por la Constitución y las leyes, no por los cambios circunstanciales", enfatizó Lorenzetti, tras destacar los fallos dictados durante el último año por el tribunal en distintas áreas "sin importar los cambios de Gobierno".
Junto a sus pares Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, ya que Carlos Fayt no asistió al brindis, Lorenzetti subrayó que este año estuvo marcado por el calendario electoral y que en la Corte los cambios estuvieron dados por las muertes de Enrique Petracchi y Carmen Argibay; así como por las renuncias de Eugenio Zaffaroni y del mismo Fayt, que a sus 97 años se retirará a partir del 10 de diciembre próximo.
"A pesar de estos cambios hemos hecho un gran esfuerzo para que el tribunal dicte sentencias".
Lo hizo al declarar la inconstitucionalidad del artículo 76 de la ley 26.078 que permite la deducción del 15% de la masa coparticipable que se entrega a las provincias.
El pleito fue iniciado por la provincia de
Córdoba hace dos años y la suma reclamada ascendía a comienzos del año 2014, a 5.357 millones de pesos.
La provincia mediterránea pidió en ese momento una medida cautelar para que se suspendan las deducciones, petición a la que el máximo tribunal hizo lugar ahora.
A través de cinco fallos, la Corte se expidió en cinco demandas iniciadas por esas provincias contra la Nación reclamando en los hechos un incremento de los fondos que les gira el Poder Ejecutivo Nacional.
En el primero de esos fallos, declaró que el Estado Nacional no puede reducir los fondos coparticipables de las provincias y pide el dictado de un nuevo régimen de coparticipación federal, tal como lo ordena la Constitución. En tanto en otros dos fallos, en causas promovidas por las provincias de San luis y Santa fe, la Corte declaró la inconstitucionalidad de dos artículos del decreto 1.399/01 del PEN, que establecieron una deducción de recursos coparticipables equivalente, en la actualidad, al 1,90 por ciento de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros cuya recaudación se encuentra a cargo de la Afip.
El tribunal declaró que esos fondos eran coparticipables, y en consecuencia que debían devolverse todos y cada uno de los recursos retenidos a las provincias de Santa Fe y San Luis por aplicación de ese decreto.
El fallo, que lleva la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y finalmente Carlos Fayt, sostiene que la quita fue dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional para financiar la operatoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin que haya mediado ningún acuerdo de parte de las provincias.
Esa deducción, según la Corte, tampoco podía ser considerada una asignación específica de recursos coparticipables porque no había sido dictada de acuerdo a los recaudos exigidos por el artículo 75, inciso 3" de la Constitución Nacional.
En este marco, el máximo tribunal explicó que al dictar el decreto, el Poder Ejecutivo había actuado sin autorización del Congreso Nacional para hacerlo y que, de todos modos, la Constitución no permite que el Poder Legislativo delegue al Presidente de la Nación la facultad de establecer y modificar una asignación específica de recursos coparticipables.
"La Corte es independiente"
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, resaltó ayer que "no importan los cambios de Gobierno" porque el máximo tribunal "es una institución que funciona de manera independiente", al tiempo que advirtió que es "necesario" que se cubran las vacantes.
Durante un brindis de fin de año convocado por el alto tribunal, Lorenzetti señaló que la Corte "hoy tiene cinco lugares y es necesario que se integren los dos lugares que faltan", mientras que le envió un fuerte mensaje a la Casa Rosada, al advertir que "no hay ningún Gobierno que sea dueño del Estado social y de los derechos humanos". "Nos guían los principios y los valores y no las circunstancias electorales o los cambios de personas. La función de los jueces es ser guiados por la Constitución y las leyes, no por los cambios circunstanciales", enfatizó Lorenzetti, tras destacar los fallos dictados durante el último año por el tribunal en distintas áreas "sin importar los cambios de Gobierno".
Junto a sus pares Elena Highton y Juan Carlos Maqueda, ya que Carlos Fayt no asistió al brindis, Lorenzetti subrayó que este año estuvo marcado por el calendario electoral y que en la Corte los cambios estuvieron dados por las muertes de Enrique Petracchi y Carmen Argibay; así como por las renuncias de Eugenio Zaffaroni y del mismo Fayt, que a sus 97 años se retirará a partir del 10 de diciembre próximo.
"A pesar de estos cambios hemos hecho un gran esfuerzo para que el tribunal dicte sentencias".