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19 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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Exceptúan del pago de Ingresos Brutos

Será por el mes de abril según lo dispuesto por un decreto provincial. Son los monotributistas sociales y categorías "A", "B" y "C".

Jueves, 16 de abril de 2020 01:02

El Gobierno Provincial dispuso exceptuar por este mes de abril del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a quienes están adheridos al Régimen Simplificado Provincial. Significa que quienes estén incorporados al denominado "Monotributo Unificado Jujuy", que comprende a los monotributistas sociales y a los monotributistas categorías "A", "B" y "C" de ciertas actividades, no tienen que abonar el componente impositivo provincial.

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El Gobierno Provincial dispuso exceptuar por este mes de abril del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a quienes están adheridos al Régimen Simplificado Provincial. Significa que quienes estén incorporados al denominado "Monotributo Unificado Jujuy", que comprende a los monotributistas sociales y a los monotributistas categorías "A", "B" y "C" de ciertas actividades, no tienen que abonar el componente impositivo provincial.

Para saber si se está incorporado a ese régimen se puede consultar el micrositio http://www.rentasjujuy. gob.ar/monotributo-unificado-jujuy/. Y para conocer la situación fiscal en tal régimen se encuentran disponibles: monotributo.afip.gob.ar o la "Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos".

La medida alcanza a más de 21.800 contribuyentes de las categorías Sociales, A, B y C de las actividades admitidas por el Monotributo Unificado Provincial.

Por otra parte, la Provincia también dispuso por el mismo instrumento otra medida que tiende a paliar la situación de emergencia, reduciendo el cincuenta por ciento de los Mínimos Especiales establecidos en el artículo 6º Anexo III de la Ley Impositiva 6.150, tanto para el 3º y 4º anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Finalmente, se recordó que para la realización de trámites en línea todos los contribuyentes pueden utilizar el portal web ciudadano www. rentasjujuy.gob.ar tanto accediendo por "Servicios Web sin Clave Fiscal" como por "Acceso con Clave Fiscal". En el mismo sitio en la sección cómo pagar podrán acceder a información sobre los medios de pago electrónicos admitidos. Para consultas, pueden realizarlas por correo electrónico a las direcciones publicadas en el mismo sitio, o por las redes sociales días hábiles de 7.30 a 13.

 

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