El juez chileno a cargo de causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó sentencia contra 9 exoficiales del Ejército por exhumaciones ilegales producidas en Calama entre 1975 y 1976, y contra 6 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) por tres casos de detenidos desaparecidos en el centro de tortura Villa Grimaldi.
Tras la investigación realizada en el caso de las exhumaciones ilegales, hecho en el que se deshicieron de los cuerpos lanzándolos al mar, el juez dispuso una pena de 5 años y un día para los exmiembros del Ejército Carlos Minoletti Arriagada, Julio Salazar Lantery y Luis Aracena Romo.
"Las víctimas fueron primeramente privadas de la vida por ajusticiamiento, para luego ser enterradas, ocultándose toda información sobre el lugar en que se habían depositado los restos, siendo éstos posteriormente desenterrados, sin respetarse las normas legales, sanitarias y reglamentarias sobre exhumaciones, para hacerlos desaparecer seguidamente", indica la sentencia.
Dispuso además que el estado chileno pague una indemnización de un poco más de un millón de dólares a los familiares de las víctimas.
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El juez chileno a cargo de causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Leopoldo Llanos Sagristá, dictó sentencia contra 9 exoficiales del Ejército por exhumaciones ilegales producidas en Calama entre 1975 y 1976, y contra 6 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) por tres casos de detenidos desaparecidos en el centro de tortura Villa Grimaldi.
Tras la investigación realizada en el caso de las exhumaciones ilegales, hecho en el que se deshicieron de los cuerpos lanzándolos al mar, el juez dispuso una pena de 5 años y un día para los exmiembros del Ejército Carlos Minoletti Arriagada, Julio Salazar Lantery y Luis Aracena Romo.
"Las víctimas fueron primeramente privadas de la vida por ajusticiamiento, para luego ser enterradas, ocultándose toda información sobre el lugar en que se habían depositado los restos, siendo éstos posteriormente desenterrados, sin respetarse las normas legales, sanitarias y reglamentarias sobre exhumaciones, para hacerlos desaparecer seguidamente", indica la sentencia.
Dispuso además que el estado chileno pague una indemnización de un poco más de un millón de dólares a los familiares de las víctimas.
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