Los negocios deberán permanecer cerrados al público durante diez y treinta días. En esos lapsos se adoptarán controles esporádicos a los fines de evitar la violación de las fajas de clausura o el funcionamiento de estos comercios.
En la ciudad capital fue clausurada una despensa ubicada sobre avenida Corrientes del barrio San Pedrito, la que deberá permanecer cerrada al público por diez días, por infracción al artículo 14 de Ley 3.548/78 modificada por Ley 5.597/08.
Por la misma infracción y también por el término de diez días se le aplicó a una despensa de avenida Libertad de la ciudad de Palpalá.
Otro local clausurado es un "after", ubicado sobre calle Siempreviva de la ciudad de Monterrrico, por lo que cerrará por treinta días seguidos, por la infracción al artículo 13 BIS de la Ley 3.548/78 modificada por Ley 5.597/08. Finalmente incurrió en la misma infracción un "bar- restaurante" ubicado en calle Bella Vista, Alto Comedero, y deberá permanecer cerrado por diez días.
Los negocios deberán permanecer cerrados al público durante diez y treinta días. En esos lapsos se adoptarán controles esporádicos a los fines de evitar la violación de las fajas de clausura o el funcionamiento de estos comercios.
En la ciudad capital fue clausurada una despensa ubicada sobre avenida Corrientes del barrio San Pedrito, la que deberá permanecer cerrada al público por diez días, por infracción al artículo 14 de Ley 3.548/78 modificada por Ley 5.597/08.
Por la misma infracción y también por el término de diez días se le aplicó a una despensa de avenida Libertad de la ciudad de Palpalá.
Otro local clausurado es un "after", ubicado sobre calle Siempreviva de la ciudad de Monterrrico, por lo que cerrará por treinta días seguidos, por la infracción al artículo 13 BIS de la Ley 3.548/78 modificada por Ley 5.597/08. Finalmente incurrió en la misma infracción un "bar- restaurante" ubicado en calle Bella Vista, Alto Comedero, y deberá permanecer cerrado por diez días.