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16 de Julio,  Jujuy, Argentina
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Deberán pagarle siete millones de pesos a una mujer que estuvo presa siendo inocente

La mujer estuvo en prisión durante 12 años tras ser condenada por un homicidio que no cometió. 

Sabado, 13 de noviembre de 2021 13:05

Condenaron a la Provincia de Santa Fe a pagar $7.000.000 a una mujer que estuvo en prisión 12 años por un homicidio que no cometió. El millonario resarcimiento es por daños y perjuicios entre capital e intereses.

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Condenaron a la Provincia de Santa Fe a pagar $7.000.000 a una mujer que estuvo en prisión 12 años por un homicidio que no cometió. El millonario resarcimiento es por daños y perjuicios entre capital e intereses.

El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 difirió establecer el monto por el rubro lucro cesante consistente en la pérdida de su fuente de ingresos en la docencia.

La mujer en el 2008 fue condenada a la pena de prisión perpetua como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo, admitiéndose además la demanda civil en su contra.

Con la sentencia condenatoria ya firme, y con el patrocinio de los abogados Hernán Martínez, padre e hijo, planteó recurso de revisión para que la Corte Suprema la anule. El máximo tribunal mediante acuerdo del 20 de diciembre de 2016 hizo lugar a la revisión y anuló el fallo, dispuso la absolución y ordenó la libertad.

Estuvo en prisión desde el 6 de febrero de 2005 hasta el 20 de diciembre de 2016, es decir, casi doce años de su vida, por un delito que no cometió.

La habían acusado de matar a su esposo cuando dormía en la casa que habitaban en Arequito, para luego intentar suicidarse con cortes en los brazos. Estudios médicos posteriores y la declaración de un cirujano revelaron que jamás pudo causarse a sí misma esas heridas. Es decir que existió un atacante y que ella era inocente.

Señaló la mujer que "la Provincia de Santa Fe debe responder, por la evidente falta de servicio y por el daño injustamente causado, y que aparece reconocido con la anulación de su condena a prisión perpetua mediante sentencia en el ámbito de revisión de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe".

Manifestó que "en el caso, la responsabilidad del Estado es directa y objetiva; que la sentencia nula por sí misma, demuestra la falta de servicio por parte de la demandada, siendo ella la causa directa e inmediata del daño causado".

En la resolución del Tribunal Extracontractual se destaca que "la Ley Provincial 7.658 (indemnización por sentencia judicial absolutoria) dispone en el artículo 1 que “cuando prospere el recurso de revisión, interpuesto en favor de una persona condenada por error judicial excusable, a pena privativa de la libertad o a inhabilitación de cumplimiento efectivo, aquella tiene derecho a reclamar de la Provincia una equitativa indemnización, ajustada en su medida a la duración de la eventual excarcelación y a las consecuencias personales y familiares derivadas de la condena”.

Agregó que "no se encuentra controvertido que la mujer fue privada de su libertad a consecuencia de resoluciones judiciales siendo declarada absuelta casi doce años después por encontrarla la Corte Suprema de Justicia inocente del delito por la que fuera condenada, configurándose claramente el derecho a la indemnización equitativa por haber prosperado el recurso de revisión".

Por el daño psicológico, por la pérdida de chance en su proyecto de vida y por el daño patrimonial la Provincia de Santa Fe debe pagarle esta docente 7.000.000 de pesos, entre capital e intereses, más los sueldos que no percibió como maestra.

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