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10 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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El Día Internacional del Trabajo Doméstico

Jueves, 23 de julio de 2020 01:03

Por Pamela Ares, licenciada en Ciencia Política.

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Por Pamela Ares, licenciada en Ciencia Política.

El 22 de julio se conmemora el Día Internacional del Trabajo Doméstico para reconocer el trabajo que millones de personas realizan en los hogares, una labor altamente feminizada, y poco reconocida.

En el 2011 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó el Convenio 189, que establece que una empleada/o doméstica/o es "toda persona, de género femenino o masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo". En marzo del 2013 se sancionó en nuestro país la Ley 26.844 sobre el "Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el personal de casas particulares".

El régimen considera al trabajo en casas particulares como toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, e incluye también a la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

El aislamiento social preventivo y obligatorio quitó el velo que existe sobre la informalidad, incluso de quienes están dentro del mercado laboral. En la Argentina, el 22 % de las trabajadoras asalariadas se desempeña en el sector de servicios domésticos, que alcanza alrededor del 76 % de informalidad. Los salarios que reciben estas trabajadoras son los más bajos de la economía y estas actividades están altamente feminizadas: el 95 % de las trabajadoras son mujeres. Le siguen enseñanza y salud.

Esta nueva etapa arrastra un cúmulo de experiencias y resultados de decisiones y políticas públicas anteriores. El mundo ya pasó por otras epidemias como son el ébola y el zika, así como también otras crisis económicas, que dejaron resultados devastadores en las sociedades y, está demostrado, son las mujeres las más perjudicadas.

El Gobierno nacional tomó una medida fundamental para este sector de la economía, ya que el 55,7 % de los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) son mujeres, quienes, además, están sobrerrepresentadas en el sector de menores ingresos de la población, donde 7 de cada 10 personas son mujeres. Según datos oficiales, más de 272.000 trabajadoras de casas particulares recibieron el IFE.

Cabe destacar que el 68 % de estas políticas de transferencia (IFE, bonos AUH, bonos para jubilaciones mínimas y refuerzo de la tarjeta Alimentar) se dirigieron al 50 % de la población de menores ingresos.

Tenemos que avanzar en políticas públicas pospandemia que resuelvan los problemas con los que hoy nos encontramos. Dirigirnos, por ejemplo, hacia la contratación de servicio de cuidado de cercanía para que los y las trabajadores no utilicen transporte público y puedan llegar caminando o en bicicleta a sus lugares de trabajo, reduciendo al mínimo el transporte público.

La certificación de las trabajadoras del cuidado/limpieza/etc, mediante la modalidad virtual, con protocolo Covid-19 es un paso importante para dos resultados: la bioseguridad del trabajo y el autocuidado y, también, una oportunidad para la regularización de esas trabajadoras que hoy no estén registradas.

Algunas de las preguntas que no podemos dejar de hacernos para interpelarnos como sociedad y para entender la situación de las mujeres que trabajan con los servicios de cuidado son: ¿quién cuida de los hijos/as de las mujeres que cuidan de nuestros hijos/as? ¿Cuál es la oferta pública de cuidado que tienen quienes viven en zonas más periféricas de las ciudades? ¿Cómo es la organización del cuidado en los barrios populares en Argentina? Temas que son directamente proporcionales a la disminución de las oportunidades que tienen las mujeres para salir a trabajar de manera remunerada, y que las llevan a la pobreza.

En América Latina existen experiencias de reformas constitucionales en que se registra el trabajo no remunerado y de cuidado dentro de sus derechos.

En la Constitución de Venezuela (1999) se reconoce de manera explícita el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social, y el derecho de toda persona a la seguridad social.

Ecuador (2008) garantiza el derecho a la seguridad social irrenunciable para todas las personas, además, pone especial énfasis en el cuidado.

La Nueva Constitución Política del Estado de Bolivia (2008) establece en su artículo Nº 338 que debe reconocerse el valor económico del trabajo del hogar como fuente de riqueza que deberá cuantificarse en las cuentas públicas.

En República Dominicana, la Nueva Constitución Política del Estado (2010) señala, junto con el principio de igualdad, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

 

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