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Oficialistas legislan por el cupo del 5% de mujeres en obras

Inclusión laboral, equidad y diversificación del empleo.

Miércoles, 17 de junio de 2026 00:01
INCLUSIÓN | AVANCE SIGNIFICATIVO HACIA LA EQUIDAD DE GÉNERO.

Como parte de las políticas de igualdad de género y acceso al trabajo, el oficialismo en la Cámara de Diputados de Jujuy impulsa un proyecto de ley que propone la implementación efectiva del cupo mínimo del 5% de mujeres en obras. Con el se promueve la inclusión laboral, la equidad y la diversificación del empleo.

Incorporar mujeres a obras no solo responde a un derecho de igualdad de oportunidades, también aportará beneficios organizacionales, mejorará el clima laboral y ampliará la base de mano de obra calificada.

Con el proyecto se implementará el cupo mínimo del 5% de mujeres, garantizando su incorporación efectiva, permanencia y desarrollo laboral en condiciones de igualdad, promoviendo su acceso a puestos de trabajo en obras, brindando capacitación previa y continua, adecuando espacios de trabajo a la perspectiva de género y sensibilizando al personal sobre igualdad y respeto laboral.

De lograrse el propósito, representará un avance significativo hacia la equidad de género, promoviendo un cambio cultural y estructural en el ámbito de la construcción y generando nuevas oportunidades laborales.

El proyecto en su artículo 1° establece un cupo del 5% de contratación de personal femenino, por parte de empresas constructoras que desarrollen obra de construcción civil en la provincia; en el 2° fija que la contratación deberá incluir todas las áreas de la industria de la construcción, operativa, técnica y administrativa.

El 3° aclara que será requisito para la adjudicación de licitaciones y contrataciones públicas, cumplir lo dispuesto en el 1°; y en el 4° se apunta que la Secretaría de Trabajo y Empleo de Jujuy o el organismo que lo regule en el futuro será la autoridad de aplicación y deberá asegurar el cumplimiento del 1°, cuya omisión será sancionada con multas y la posible inhabilitación para participar en futuras licitaciones públicas.

Y el 5° señala que a los efectos de garantizar a las empresas constructora y contratistas la aplicación de la presente Ley, Trabajo y Empleo de Jujuy, de manera directa o a través de instituciones intermedias o sindicales, desarrollará programas de formación y capacitación que generen mano de obra femenina idónea y suficiente para responder a la demanda laboral producida por aplicación de esta norma.

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