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Se habilita una oportunidad de oro para los empleadores

La norma no es solo un alivio fiscal sino una herramienta para estimular el blanqueo laboral.

Martes, 05 de mayo de 2026 23:35
PATRICIA MARIELA ARGAÑARAZ | ESPECIALISTA EN DERECHO PREVISIONAL.

"El pasado lunes 4 de mayo se publicó el decreto reglamentario del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (Rifl), el cual pretende ser un beneficio para los empresarios que hoy conviven con el dilema de 'crecer o sobrevivir'. Esta norma no es solo un alivio fiscal sino una herramienta para estimular el blanqueo laboral", sostuvo la abogada Patricia Mariela Argañaraz, especialista en Derecho Previsional, en un trabajo elaborado para El Tribuno de Jujuy.

La posibilidad de adherirse al régimen de incentivos que contempla la ley de reforma laboral se extiende hasta el 30 de abril de 2027.

Los empleadores que estén registrados como tales en Arca desde el 10 de diciembre de 2025 o que se registren como tales en lo sucesivo, podrán formalizar el alta de sus empleados en relación de dependencia con un ahorro en las contribuciones patronales muy significativo. La posibilidad de adherirse a este régimen de incentivos se extiende hasta el 30/04/2027.

Cada empleador podrá registrar con este beneficio económico hasta el 80% de su nómina, ya que el Estado está ofreciendo un indulto administrativo a la informalidad.

Números que hablan

El costo de las contribuciones patronales -esa carga que suele asfixiar la competitividad- se desploma de un promedio del 18% a un simbólico 5% consolidado (2% para previsión y 3% para el Inssjp).

Con esta nueva medida, formalizar a un trabajador hoy cuesta un 72% menos que el mes pasado. Durante los próximos 4 años, el empleador congela su beneficio, blindándose contra las fluctuaciones de la política tributaria tradicional. Esta reducción de costo se extiende hasta por 4 años desde el inicio de la relación laboral en estos términos. Además, la adhesión al sistema no es automática, sino que se debe elegir expresamente esa opción al registrar el alta del nuevo empleado.

La norma es quirúrgica en su enfoque. El incentivo no es para "reciclar" con menor costo a los empleados que ya están en blanco, sino para rescatar a los olvidados del sistema. Los beneficiarios deben ser trabajadores que hayan sido monotributistas con carácter previo al mes de alta de la relación laboral y que no hayan contado con una relación laboral registrada en el sector privado al 10 de diciembre de 2025. Esto exigirá una serie de recaudos que debe adoptar el empleador para verificar esas condiciones.

Esta es la oportunidad de regularizar a ese colaborador que hoy opera en la sombras, otorgándole seguridad social sin que el costo quiebre la empresa.

La letra chica: el costo del error. Sin embargo, hay un requisito muy especial para mantener el beneficio de la reducción del costo laboral durante los 4 próximos años, ya que el decreto faculta a Arca para realizar exclusiones automáticas. Un olvido en el pago o una inconsistencia en el alta no solo anula el beneficio, sino que dispara el cobro retroactivo de todas las diferencias, con multas e intereses. La formalización bajo el Rifl no es un "vale todo", es un contrato de confianza con el fisco.

"Estamos ante una ventana temporal estrecha: del 1 de mayo de 2026 al 30 de abril de 2027. El mensaje para el sector privado es unívoco: la formalización ha dejado de ser una carga punitiva para convertirse en una ventaja competitiva. Quien no aproveche este 'verano fiscal' para sanear sus equipos de trabajo, estará compitiendo en desventaja frente a un mercado que ya empezó a jugar con otras reglas".

(*) Patricia Mariela Argañaraz es especialista en Derecho Previsional. Estudio Jurídico Argañaraz&Rossa.

Cada empleador podrá registrar con este beneficio económico hasta el 80% de su nómina, ya que se trata de una suerte de indulto a la informalidad.
Con esta nueva medida del Gobierno nacional, formalizar a un trabajador hoy cuesta un 72% menos que el mes pasado.
Quien no aproveche este "verano fiscal" para sanear sus equipos estará compitiendo en desventaja frente a un mercado que ya empezó a jugar con otras reglas.

Multicausalidad, ¿mirar más al IPC?

Para el gobierno, la estabilidad de precios es la madre de todas las batallas. Si bien es innegable que “cerrar la canilla” es el paso uno de cualquier manual de estabilización, nuestra realidad económica evidencia multicausalidad inflacionaria. Y por ello, con agregados domados, las expectativas de los agentes se resisten a converger.

La inflación inercial y los costos en alza (por aumento de los combustibles) actúan como una marea silenciosa que sigue erosionando el ancla elegida. Hoy nos encontramos en un escenario de desequilibrio evidente: mientras la inflación núcleo se resiste a caer, las tasas de interés de los instrumentos monetarios (cauciones bursátiles o plazos fijos) rinden por debajo del IPC. La multicausalidad de nuestra inflación -donde pesan la inercia, la puja distributiva y el atraso del tipo de cambio real- dicta una sentencia clara para la gestión de excedentes.

Ante la falta de un ancla integral que convenza a todos los sectores, la única brújula confiable es el índice de precios. En este contexto, para quienes tienen saldos líquidos en pesos y un perfil conservador, la recomendación podría ser combinar la apuesta tradicional de tasa de plazo fijo con una posición en instrumentos con cláusula CER, regulando el plazo de inversión mediante los instrumentos elegidos (títulos públicos o fondos comunes de inversión). Al menos hasta que las expectativas converjan a los cálculos del gobierno.

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