En un juicio abreviado, Ramón Adán Segovia fue condenado a la pena de seis años de prisión, luego de ser hallado autor material y responsable del delito de "homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa", hecho cometido en la ciudad de San Pedro de Jujuy.
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En un juicio abreviado, Ramón Adán Segovia fue condenado a la pena de seis años de prisión, luego de ser hallado autor material y responsable del delito de "homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa", hecho cometido en la ciudad de San Pedro de Jujuy.
El fallo fue dictaminado recientemente en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial por el Tribunal con Función de Juicio integrado por los jueces María Margarita Nallar (presidente de trámite), Felicia Barrios y Alejandro Máximo Gloss.
Los magistrados ordenaron además el traslado del condenado al Servicio Penitenciario Nº 1 del barrio Gorriti de la capital jujeña.
Según la requisitoria de la Fiscalía, el violento hecho se registró el 11 de septiembre de 2023, aproximadamente a las 9.45, cuando un hombre se encontraba en la puerta de la casa su hermano, ubicada en el barrio Libertad de San Pedro de Jujuy.
En esas circunstancias, el acusado Ramón Segovia se acercó al lugar a bordo de una motocicleta acompañado de una mujer.
Segovia, empuñando un arma de fuego tipo revólver que extrajo de su cintura, con claras intenciones de quitarle la vida apuntó a la víctima, para luego bajar el arma y volver a apuntarle y dispararle un proyectil que impactó en la región frontotemporal derecha de la cabeza.
El disparo le provocó a la víctima una escoriación y una herida contusa de superficie, compatible con orificio de salida de proyectil de arma de fuego, con tiempo probable de curación e inhabilitación para tareas habituales menor a treinta días.
Después de la agresión, el atacante y la mujer se retiraron del lugar montados en la motocicleta.
Juicio abreviado
El acusado fue juzgado mediante un juicio abreviado al hacer lugar los jueces a la solicitud de aplicar tal procedimiento especial, previsto por el Artículo 411 del Código Procesal Penal de la provincia.
El pedido fue formulado por el fiscal Agustín Jarma y el acusado junto a su abogado, el defensor público Ezequiel Elgoyhen, del Ministerio Público de la Defensa.