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24 de Junio,  Jujuy, Argentina
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Piden nueve años de prisión para Natalia F. Cammuso

Los fiscales de Cámara la acusaron de "homicidio con dolo" y de "propagar una pandemia". También solicitaron la pena de 18 meses de ejecución condicional para los otros tres imputados.

Jueves, 19 de septiembre de 2024 01:00
IMPUTADA | GERENTE DE LA EMPRESA TELESISTEMAS SRL.

Los fiscales de Cámara Alejandro Gurrieri y Diego Cussel solicitaron en la producción de sus alegatos, que la empresaria Natalia Fernanda Cammuso sea condenada a la pena de nueve años de prisión y otras tres personas a 18 meses de ejecución condicional, por no cumplir con los protocolos de bioseguridad, que derivó en la muerte de una empleada del call center de Canal 2.

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Los fiscales de Cámara Alejandro Gurrieri y Diego Cussel solicitaron en la producción de sus alegatos, que la empresaria Natalia Fernanda Cammuso sea condenada a la pena de nueve años de prisión y otras tres personas a 18 meses de ejecución condicional, por no cumplir con los protocolos de bioseguridad, que derivó en la muerte de una empleada del call center de Canal 2.

Ayer, en la sala de audiencias del segundo piso del Palacio de Tribunales, se llevó a cabo la producción de los alegatos en el debate oral que investiga la muerte de Elisabeth del Valle Pérez, una joven madre que falleció el 7 de octubre del 2020, luego de contraer Covid-19, luego de permanecer un mes internada en la sala de cuidados intensivos de un clínica privada.

Natalia Cammuso llegó a estas instancias judiciales, acusada de ser la presunta autora de los delitos de "homicidio con dolo eventual", "amenazas coactivas y violación de las medidas contra epidemias con concurso real", mientras que Martín Aragón, Sergio Sosa y Fabiana Pereyra están acusados de "amenazas coactivas y violación de las medidas contra epidemias con concurso real".

Antes de celebrarse la penúltima audiencia, el imputado Martín Aragón rompió el pacto de silencio que tenía con su exjefa Natalia Cammuso y decidió cambiar de abogado, nombrando a Jorge Albesa como su representante legal y Rodríguez Vega quedó a cargo de la defensa de los otros tres inculpados.

AUDIENCIA | DOS DE LOS IMPUTADOS JUNTO A UN LETRADO.

En el inicio de los alegatos, la Fiscalía de Cámara resolvió no acusar a los encartados por la presunta autoría de amenazas coactivas, pero sí detallaron ampliamente los elementos probatorios que obran en el expediente, donde manifestaron que ha quedado debidamente acreditada la responsabilidad penal de los imputados, ante la muerte de la empleada del call center.

Gurrieri y Cussel detallaron minuciosamente los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) que se encontraban vigentes desde el 20 de marzo al 7 de octubre de 2020, donde se establecía de qué manera se debían respetar los protocolos de bioseguridad

Pérez era empleada del call center Telesistemas, una empresa que figura a nombre de la principal imputada, pero pertenece a Nortelevisa (Canal 2), cuyo dueño es su padre Eduardo Cammuso.

El fiscal Gurrieri además le dijo al Tribunal que Pérez era una paciente de riesgo a sabiendas de su gerente Natalia Cammuso, con la que mantuvo un trato de mucha cordialidad. En los mensajes que detalló, quedó debidamente acreditado que la mujer le había manifestado a Cammuso que tenía diabetes, hipertensión y obesidad y le había implorado trabajar desde su casa por el tiempo que durara la pandemia, pero el permiso le fue denegado y fue obligada a continuar de forma presencial en el call center. También el fiscal echó por tierra la versión que Cammuso dio a los jueces, donde dijo que desconocía las afecciones que padecía.

“¿Querés que tenga a alguien cama adentro?”

Con las 18 pruebas testimoniales que se ventilaron en las audiencias, los fiscales lograron establecer que el inmueble donde funciona el call center, durante la pandemia no se respetaron los protocolos de bioseguridad emitidos a través de decretos nacionales y provinciales y tanto Cammuso, como Pereyra, Aragón y Sosa, tenían el papel de garantes, al estar a cargo de la empresa. También los fiscales acreditaron que los empleados debían proveerse de sus propios materiales de bioseguridad y tenían que compartir los “headsets” (vinchas con auricular y micrófono), en los tres turnos.

En la declaración de Cammuso, cuando el fiscal le preguntó si había contratado personal de limpieza para call center que estaba a su cargo, la mujer con total altanería respondió “¿Querés que tenga a alguien cama adentro?”. La principal inculpada además le manifestó al tribunal que desconocía que Elisabeth del Valle Pérez tenía estas patologías, argumento que nuevamente fue derrumbado en los alegatos de los fiscales, poniendo en exposición la conversación a través de Whatsapp que mantuvo Cammuso con Pérez, antes de que contraiga el Covid, donde le imploraba trabajar por “home office”, para evitar contagiarse.

El miércoles de la semana entrante, se procederá a la lectura de la parte dispositiva del fallo, luego de que se le ceda la última palabra a los imputados y el Tribunal pase a deliberar.

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