El Poder Ejecutivo publicó este viernes en el Boletín Oficial el Decreto 868/2026, una nueva medida que busca reforzar el control estatal sobre la exploración y explotación de hidrocarburos en los espacios marítimos que rodean las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. La norma, firmada por el presidente Javier Milei junto al jefe de Gabinete Diego Santilli, el ministro de Economía Luis Caputo y el canciller Pablo Quirno, entrará en vigencia a partir de este sábado 5 de septiembre.
Qué establece el nuevo decreto
El texto designa al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto como autoridad de aplicación de la Ley N° 26.659, la norma que desde 2011 prohíbe a personas humanas o jurídicas, nacionales o extranjeras, desarrollar actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina sin la habilitación correspondiente.
De esta manera, el Gobierno busca articular las sanciones administrativas con la estrategia diplomática por la disputa de soberanía con el Reino Unido, reconocida por la comunidad internacional a través de la Resolución 31/49 de la ONU, que insta a ambos países a no introducir modificaciones unilaterales en la situación mientras continúe el proceso de negociación.
Sanciones más rápidas para las empresas "clandestinas"
Según se detalla en los considerandos del decreto, la Autoridad de Aplicación ya había declarado "clandestinas" a diez empresas por desarrollar actividades hidrocarburíferas en territorio argentino sin la habilitación de las autoridades nacionales competentes. La Ley 26.659 prevé para estos casos una inhabilitación de entre 5 y 20 años y la reversión de las concesiones al Estado Nacional o a los estados provinciales.
Para agilizar estos procesos, el decreto fija un procedimiento más expeditivo:
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La Autoridad de Aplicación deberá analizar si existen indicios suficientes de una conducta prohibida y, en caso afirmativo, abrir un sumario.
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El presunto infractor tendrá 10 días hábiles administrativos para constituir domicilio, presentar su descargo y ofrecer prueba.
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La resolución final deberá dictarse dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento de ese plazo.
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Todos los organismos de la Administración Pública Nacional quedan obligados a informar, dentro de los 5 días hábiles, cualquier hecho que pudiera configurar una infracción.
Declaraciones juradas para acceder al RIGI
Uno de los puntos centrales de la medida es la exigencia de una declaración jurada a los Vehículos de Proyecto Único (VPU) que soliciten adherirse al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), creado por la Ley de Bases N° 27.742. En ese documento, el representante legal deberá certificar que ni el proyecto ni las personas humanas o jurídicas vinculadas a él —de manera directa o indirecta— incurren en las conductas prohibidas por la Ley 26.659 en relación con Malvinas.
El decreto argumenta que resultaría contradictorio que el Estado sancione con inhabilitaciones a quienes operan ilegalmente en la plataforma continental y, al mismo tiempo, les otorgue beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios a través del RIGI. Antes de resolver cualquier solicitud de adhesión, será obligatoria la intervención de la Cancillería como autoridad de aplicación de la ley.
La misma exigencia de declaración jurada se extiende a quienes soliciten permisos, concesiones, autorizaciones o habilitaciones bajo la Ley de Hidrocarburos N° 17.319, modificando así la reglamentación vigente desde el Decreto 1057/2024.
El respaldo constitucional de la medida
El decreto se apoya en la disposición transitoria Primera de la Constitución Nacional, que ratifica la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, y establece la recuperación de esos territorios como un "objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino".
En sus fundamentos, el Ejecutivo enmarca la medida como parte de "un plan de acción integral" orientado a avanzar en el ejercicio pleno de la soberanía sobre el archipiélago austral.