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El Gobierno oficializó los cambios en el impuesto a las Ganancias

La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial tras su sanción en el paquete fiscal aprobado por el Poder Legislativo. Se estima que más de 800.000 trabajadores volverían a pagar a partir de esta disposición

Lunes, 22 de julio de 2024 08:05

El Gobierno Nacional reglamentó los cambios en el impuesto a las Ganancias contemplados en el Paquete Fiscal aprobado por el Congreso junto a la Ley Bases. Esta reforma regirá a partir de julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto.

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El Gobierno Nacional reglamentó los cambios en el impuesto a las Ganancias contemplados en el Paquete Fiscal aprobado por el Congreso junto a la Ley Bases. Esta reforma regirá a partir de julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto.

La disposición fue oficializada este lunes en el decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial. "Se establece el cálculo de la deducción de la doceava parte (1/12) del total de las deducciones del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y se delega en la AFIP la determinación de cómo los agentes de retención deben aplicarlas en la liquidación mensual del impuesto", indicaron el documento.

Con la entrada en vigencia de la nueva Ley Bases, volverán a pagar el Impuesto a las Ganancias:

  • Los trabajadores en relación de dependencia sin hijos menores que ganan más de $1.800.000 brutos mensuales (es decir, unos $1.500.000 netos).
  • Los trabajadores con dos hijos que ganan más de $2.200.000 brutos ($1.950.000 netos).
  • La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego, semestral, a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Para los autónomos el mínimo no imponible es más bajo:

  • $ 1.159.138 netos para los solteros sin hijos.
  • $ 1.644.327 netos para los casados con 2 hijos.

Estos cambios comenzarán a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.

Si se trata de un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años declarados a su cargo, el salario será alcanzado a partir de un bruto mensual de $2.100.000, que equivale a un neto de $1.781.277,39. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.

Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $3.5 millones desde julio.

Cuáles son los nuevos valores del impuesto a las Ganancias
Los valores del impuesto a pagar arrancan en casi $3.000 mensuales hasta unos $60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y superan los $100.000 mensuales para los que ganan más de $2.500.000 brutos.

Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.

Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otros gastos permitidos con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc.

Por último, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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