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Shakira le ganó a Hacienda y la Justicia española le devolverá más de 55 millones de euros

La cantante colombiana consiguió un fallo histórico en España tras ocho años de batalla. 

Lunes, 18 de mayo de 2026 13:53

Después de años de allanamientos mediáticos, titulares lapidarios y una persecución fiscal que parecía no tener fin, Shakira consiguió una victoria judicial millonaria en España. La Audiencia Nacional ordenó que el Ministerio de Hacienda le devuelva más de 55 millones de euros -unos 64 millones de dólares- tras anular una sanción correspondiente al ejercicio fiscal de 2011. 

El fallo cayó como un auténtico terremoto en medio de una disputa que llevaba más de ocho años enfrentando a la cantante con el fisco español. Y la artista no dejó pasar la oportunidad para responder con dureza. "Después de más de ocho años soportando un señalamiento público brutal, campañas orquestadas para destruir mi reputación y noches enteras sin dormir que terminaron afectando a mi salud y al bienestar de mi familia, por fin la Audiencia Nacional ha puesto las cosas en su sitio", expresó Shakira en un contundente comunicado.

La resolución judicial, emitida por la Audiencia Nacional -el tribunal especializado en delitos financieros complejos-, anuló la liquidación practicada por Hacienda y ordenó "la devolución de las cantidades ingresadas como consecuencia de la misma, más los intereses legales". El núcleo de la disputa giraba alrededor de una pregunta clave: ¿Shakira era residente fiscal en España durante 2011? La artista siempre sostuvo que no. Según explicó en reiteradas oportunidades, recién se instaló de manera permanente en Barcelona a fines de 2014, cuando ya mantenía una relación estable con Gerard Piqué y poco antes del nacimiento de su segundo hijo.

Pero Hacienda sostenía otra cosa. Para el organismo tributario, Shakira ya vivía en España mucho antes y debía pagar allí impuestos por la totalidad de sus ingresos globales. El detalle no era menor: la cantante tenía residencia fiscal en Bahamas, donde las cargas impositivas son considerablemente más bajas. Sin embargo, el tribunal terminó dándole la razón a la colombiana. Para ser considerado residente fiscal en España es obligatorio permanecer más de 183 días al año en territorio español. Y la Justicia concluyó que las autoridades sólo pudieron acreditar 163 días de permanencia. Demasiado poco para sostener la acusación.

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