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Quedó firme una sentencia por incumplimiento judicial

Un hombre deberá cumplir ocho meses de prisión condicional por no despejar de residuos y chatarra un inmueble.

Sabado, 05 de septiembre de 2026 23:56
MPA | La Fiscalía Ambiental impulsó la investigación correspondiente.

Una sentencia que condenó a un hombre a ocho meses de prisión de ejecución condicional por el delito de "desobediencia a la autoridad" quedó firme, luego de la actuación desarrollada por la Fiscalía Ambiental del Ministerio Público de la Acusación ante el Juzgado Ambiental de la provincia.

La intervención de la Fiscalía Ambiental y su equipo, encabezado por el fiscal Javier Sánchez Serantes, se inició a partir del incumplimiento de una resolución dictada el 30 de mayo de 2022 por el Juzgado Ambiental.

En aquella oportunidad, la Justicia Ambiental ordenó el cese inmediato del depósito de cualquier tipo de residuos en un inmueble ubicado en el barrio El Balcón de Alto Comedero, así como de cualquier actividad de enterramiento o quema.

Además, dispuso que en el plazo de quince días se iniciara el proceso de remediación y limpieza del inmueble y que, dentro de los treinta días, el predio quedara libre de residuos y chatarras potencialmente contaminantes.

Pese a haber sido debidamente notificado y a las reiteradas intimaciones, el hombre incumplió las obligaciones impuestas. Las inspecciones e informes técnicos realizados durante el proceso permitieron constatar que el inmueble continuaba presentando una importante acumulación de residuos, vehículos y chatarra potencialmente contaminante, sin avances significativos en las tareas de saneamiento.

A partir de estas circunstancias, la Fiscalía Ambiental impulsó la investigación correspondiente y acreditó que el imputado mantuvo una conducta persistente de desobediencia frente a una orden judicial.

Como consecuencia de la investigación, el Tribunal Unipersonal integrado por el juez Martín de Athayde Moncorvo dictó sentencia y condenó al sujeto a ocho meses de prisión de ejecución condicional, al considerarlo autor penalmente responsable del delito de desobediencia a la autoridad.

La resolución también estableció, por el término de dos años, reglas de conducta que incluyen fijar y mantener domicilio, comunicar cualquier cambio de residencia, abstenerse de ejercer actos de violencia, amenazas o intimidación contra las víctimas y someterse al control correspondiente. Asimismo, se dispuso la implementación del dispositivo de monitoreo Dime en favor de las víctimas.

El pasado 31 de agosto la sentencia quedó firme, consolidándose la condena impuesta por el incumplimiento del mandato judicial destinado a detener la afectación ambiental y disponer la remediación del inmueble.

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