La fiscal de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°12, María Alejandra Mángano, solicitó la elevación a juicio de una causa en la que dos personas -madre e hijo- están acusadas de haber captado en la Capital Federal y trasladado a una adolescente de 15 años con fines de explotarla como "correo humano", en el marco de una frustrada maniobra de transporte internacional de estupefacientes que se iba a realizar desde Perú.
La investigación permitió establecer que la víctima fue captada en el barrio Padre Pedro Mugica (exbarrio 31 de Retiro) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un contexto de extrema vulnerabilidad social, caracterizado porque vivía en situación de calle, con consumo problemático de sustancias y desvinculada del sistema educativo.
Los imputados son un hombre de 34 años y su madre de 53, ambos de nacionalidad peruana. El acusado deberá responder como coautor del delito de trata de personas con fines de explotación, agravado por haber mediado engaños, violencia, amenazas, intimidación y coerción; por haberse aprovechado de la situación de vulnerabilidad de la víctima; y por tratarse de una menor de 18 años. En su caso, además, se le imputa el delito de abuso sexual con acceso carnal, en concurso ideal con la figura de corrupción de menores, todo en calidad de autor. Por su parte, a su madre se la imputó como coautora del delito de trata de personas con fines de explotación, en su caso, agravado por haberse aprovechado de la situación de vulnerabilidad de la víctima; y por tratarse de una menor de 18 años.
"Correo humano"
Uno de los aspectos centrales del requerimiento es que, al analizar el encuadre jurídico y la calificación legal del caso, la fiscal Mángano consideró que la modalidad de "correo humano" de drogas o "mula", definida como "aquella persona que, con la finalidad de transportar droga, procede a su ingesta dentro de cápsulas o al ocultamiento en su cuerpo", es equiparable a una de las formas de explotación que configuran el delito de trata de personas.
Las acciones desplegadas por los imputados en las actuaciones son compatibles con la finalidad de reducción a la servidumbre", sostuvo la representante del MPF.
La fiscalía detalló que esta particular finalidad no fue contemplada cuando se sancionaron los primeros instrumentos internacionales sobre la trata de personas, lo que explica que no figure de manera explícita ni definida en el artículo 3 del Protocolo de Palermo, junto con las restantes finalidades de explotación. Sin perjuicio de eso, destacó que "dicha disposición establece un piso mínimo no taxativo de finalidades de explotación que los Estados Parte deben cumplir".
En ese sentido, la representante del MPF señaló en el requerimiento que "el plan pergeñado por los imputados era utilizar a la niña como 'correo humano'. Es decir, hacer de su cuerpo un mero instrumento para transportar sustancias estupefacientes de un país a otro".
Sobre la maniobra que seinvestiga y el operativo
Los imputados iniciaron un vínculo con la adolescente a mediados de agosto de 2025 y, aprovechando esa relación y su situación de vulnerabilidad, le propusieron viajar a Perú bajo el pretexto de unas vacaciones.
Sin embargo, el objetivo real era explotarla mediante su utilización como "correo humano" para el transporte de estupefacientes.
La fiscal Mángano indicó que las evidencias recolectadas "no dejan margen de duda acerca de que la finalidad de explotación se configura en la utilización de la víctima como medio para la ejecución de actividades vinculadas al narcotráfico, particularmente mediante el transporte de estupefacientes en su cuerpo, lo que implica su cosificación".
Según contó la propia víctima, la maniobra consistía en trasladarla a Perú para que ingiriera cápsulas o se sometiera a injertos subcutáneos para el transporte de estupefacientes, y luego reingresarla al país con la sustancia en su cuerpo.
Sobre el caso
El caso se inició el 18 de septiembre de 2025, cuando personal de la Gendarmería Nacional interceptó un ómnibus en el kilómetro 152 de la ruta nacional 9, a la altura de la localidad de San Pedro (Buenos Aires), tras un aviso sobre una posible situación de trata. El micro había partido del barrio porteño de Once y tenía como destino la ciudad de San Salvador de Jujuy.
La alerta fue emitida por la Unidad de Investigaciones Judiciales de la localidad entrerriana de Concepción del Uruguay de esa fuerza federal y tuvo origen en un llamado anónimo que reportaba que en ese colectivo había ciudadanos extranjeros acompañados por una joven que aparentemente transportaban sustancias estupefacientes entre sus pertenencias.
En el procedimiento se identificó a los dos imputados junto a la adolescente, quien no figuraba en la nómina de pasajeros, carecía de documentación, presentaba signos de somnolencia y, a su vez, manifestó espontáneamente que sus acompañantes transportaban droga en su cuerpo. Los adultos intentaban controlar sus respuestas e inducirla a brindar información falsa, ya que en un principio dio otra identidad, dijo que era mayor de 18 años y contaba con un certificado de discapacidad ajeno para exhibir.
Violencia, abuso amenazas
Las profesionales que llevaron a cabo la entrevista hicieron hincapié en la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima al momento del operativo, pero incluso antes, al momento en que se conociera con el imputado y luego de que fuera captada por él y su madre.
Esta situación se inició a mediados de agosto de 2025, cuando el imputado -19 años mayor que ella- comenzó un vínculo afectivo con la adolescente luego de conocerla en el barrio Padre Carlos Mugica, en la zona porteña de Retiro. Según el relato de la víctima, inicialmente el hombre la obligó a mantener una relación sexual no consentida, motivo por el cual la fiscalía también imputó a este acusado por abuso sexual, en un período comprendido entre el inicio de la relación y el momento del operativo.
Los imputados organizaron el traslado por canales informales para eludir los controles: adquirieron los pasajes en el barrio de Once, no incluyeron el nombre de la menor en la lista oficial de pasajeros de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (Cnrt), y permitieron que el pasado 17 de septiembre, el imputado y la víctima abordaran el ómnibus con destino la ciudad de San Salvador de Jujuy sin documentación personal ni de la niña, que tampoco contaba con pertenencias personales, ya que así se lo habían indicado sus acompañantes.
La propia adolescente explicó que, si bien inicialmente ella había accedido a realizar ese transporte de estupefacientes, cuando estaba en el ómnibus le dijo al imputado que no iba a hacerlo, lo que ocasionó su enojo y una serie de amenazas de muerte contra ella y su familia. "Si vos haces las cosas mal, podés terminar en un cajón", fue una de las frases que le dijo, según consta en el requerimiento.
El trámite de la causa
Tras la adopción de diversas medidas de prueba y la obtención de sus resultados, el 19 de septiembre de 2025 se realizó la audiencia de formalización de la investigación preparatoria ante el titular del Juzgado Federal de Garantías N°2 de la ciudad de San Pedro y con la participación de las partes.
En esa instancia, la Sede Fiscal formalizó la imputación y logró el dictado de la prisión preventiva por 90 días para las dos personas implicadas y la autorización para peritar un teléfono celular que les fue incautado. El 3 de octubre de 2025, el juzgado se declaró incompetente en razón del territorio y ordenó la remisión de las actuaciones a la Justicia federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, razón por la que el caso recayó en el juzgado de Lijo y la Fiscalía Federal N°12.
Evidencia
La fiscalía consideró que para avanzar a la etapa de juicio, entre la que se destacan testimonios de personal de Gendarmería, declaraciones de testigos, informes de organismos de asistencia, peritajes sobre dispositivos electrónicos y la declaración de la víctima en Cámara Gesell, considerada central para reconstruir los hechos. También se valoraron informes migratorios que darían cuenta de movimientos frecuentes por pasos no habilitados, compatibles con maniobras de tráfico ilegal.