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31 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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Una mujer detenida acusada de matar a su perra preñada

El aberrante hecho quedó registrado en una filmación, a la que tuvo acceso el fiscal Agustín Jarma. Los vecinos de la inculpada manifestaron que la mascota estaba atada y los maltratos eran continuos.

Domingo, 31 de agosto de 2025 00:00
CENTRO JUDICIAL | SEDE FISCAL DONDE SE TRAMITA EL EXPEDIENTE.

Una mujer de 62 años fue detenida luego de quedar registrada en una filmación donde asesinaba a su mascota que estaba preñada a punto de parir.

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Una mujer de 62 años fue detenida luego de quedar registrada en una filmación donde asesinaba a su mascota que estaba preñada a punto de parir.

Si bien la investigación gira alrededor de un estricto hermetismo, nuestro diario pudo saber que el hecho se registró días atrás en una vivienda del barrio Ejército del Norte de la ciudad de San Pedro de Jujuy.

En esas circunstancias, la Justicia jujeña tomó conocimiento de una denuncia formal por parte de la integrante de una protectora de animales, acusando a la mujer de haber asesinado a su mascota.

Uno de los elementos que se incorporó a la causa fue la filmación desde un celular a la que tuvieron acceso los investigadores, donde se ve cómo la mujer de 62 años tomó una hoja de afeitar y le abrió el vientre al animal, le arrancó las vísceras y además extrajo los cachorros a punto de nacer.

En la denuncia penal, además quedó establecido que la mujer tenía a su mascota todo el tiempo atada con un cable muy corto y según el relato de algunos vecinos, la inculpada la maltrataba constantemente y no le daba de comer.

Las actuaciones fueron remitidas al agente fiscal zonal del Ministerio Público de la Acusación, Agustín Jarma, quien una vez que analizó el caso solicitó al Juzgado de Control y Garantías la detención e imputación de la mujer de 62 años por la presunta comisión del delito de "maltrato y actos de crueldad animal".

Dentro de los fundamentos de la medida requerida, el agente fiscal hizo hincapié que este episodio implica una injerencia en el ámbito de la intimidad, derecho que se encuentra garantizado por el artículo 18 de la Constitución Nacional. Por ello, corresponde verificar con especial rigor el cumplimiento de los principios rectores que rigen toda medida de coerción procesal, sobre la necesidad, excepcionalidad, provisionalidad, idoneidad y proporcionalidad. En este sentido, el requisito de fundamentación exigido por el artículo 238 del Código Procesal Penal reviste carácter esencial.

En consecuencia, a partir del análisis de los elementos aportados por el fiscal, el Juzgado consideró que se ha acreditado, con el grado de verosimilitud exigido en esta etapa preliminar, la posible comisión del delito de crueldad animal y actos de maltrato animal, tipificados en los artículos 1° y 3°, inciso 7°, de la Ley 14.346.VII, que penaliza el maltrato y la crueldad hacia los animales, estableciendo penas de prisión de quince días a un año para quienes los inflijan. Promulgada el 27 de octubre de 1954, define y prohíbe actos específicos que constituyen maltrato y crueldad, y establece la responsabilidad de quienes tienen la custodia de un animal.

 

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