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24 de Junio,  Jujuy, Argentina
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Abogado fue condenado a 15 años de prisión por abusos

Sebastián Soria fue procesado por ocho hechos ocurridos entre 2016 y 2024 en la ciudad de Palpalá. El acusado fue sobreseído por seis cargos que habrían acontecido entre 1995 y 2001.

Sabado, 15 de marzo de 2025 00:17
INCULPADO | SEBASTIÁN SORIA DURANTE LA AUDIENCIA DE AYER.

ESTEBAN FRAZZI

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ESTEBAN FRAZZI

Sebastián Soria fue condenado a 15 años de prisión por haber sido encontrado penalmente responsable de los delitos de "Abuso sexual gravemente ultrajante; Abuso sexual con acceso carnal (varios hechos) y Desobediencia judicial", ocurridos en la ciudad de Palpalá. Un total de ocho hechos, mientras que de otros 6 el inculpado fue sobreseído por prescripción.

La sentencia fue emitida ayer por el tribunal en función de juicio compuesto por las magistradas Claudia Cecilia Sadir (presidente de trámite), María Alejandra Tolaba y Felicia Barrios (vocales), en el recinto de la sala de audiencias del segundo piso del Palacio de Tribunales, con la secretaría a cargo de Marta Sánchez.

Soria, abogado de profesión, llegó a la audiencia de sentencia acusado de 14 delitos en total. Sin embargo, fue juzgado por 7 hechos de "Abuso sexual gravemente ultrajante; Abuso sexual con acceso carnal", sucedidos durante el período comprendido entre los años 2016 y 2019, en un domicilio ubicado en la ciudad de Palpalá.

Además fue condenado por un octavo hecho de "desobediencia a la autoridad en concursos real". Este último hace referencia a que Soria también fue juzgado y sentenciado por presentarse en un vehículo, en tres oportunidades, en el domicilio de Palpalá donde residía otra de sus sobrinas, menor de edad durante el período transcurrido entre el 25 de febrero y el 5 de marzo de 2024, pese a la vigencia de una medida de prohibición de acercamiento a no menos de 300 metros de la misma, que fuera ordenada por la Jueza de Violencia de Género N° 2 Noelia Cruz, en fecha 23 de febrero de 2024 y de la que estaba debidamente notificado.

El condenado de 44 años llegó hasta la sentencia dictaminada ayer, en prisión en el edificio del Cuerpo de Infantería de la Policía de Jujuy.

Las magistradas además, ordenaron, una vez firme la sentencia, la extracción de las muestras biológicas del condenado a efectos de la identificación genética para su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Alegatos

Al momento de solicitar pena el abogado querellante, Pablo Rodrigo Cuellar, y el fiscal de Cámara, Emilio Alejandro Gurrieri, requirieron la pena de 20 años de prisión. La querella alegó que las víctimas fueron ultrajadas en su condición de mujer, solicitó la aplicación de la perspectiva de género, además de hacer foco en la vulnerabilidad de las mismas tanto en su etapa de niñez como en la adultez. Todo acreditado por los profesionales de la salud que las han tratado. Cabe aclarar que los hechos de la niñez prescribieron, por lo cual Soria fue sobreseído de los mismos, de acuerdo a lo determinado por las magistradas.

Además, el condenado aprovechaba la situación de parentesco, tío de las víctimas, y de la convivencia con una de ellas durante un determinado período de tiempo.

Por otro lado, el abogado defensor de Soria, Federico Nicolás Llermanos solicitó el sobreseimiento total y definitivo de los hechos que prescribieron. Mientras que pidió el sobreseimiento liso y llano por el resto de los hechos.

La prescripción de seis hechos

TRIBUNAL | LA JUEZA CECILIA SADIR JUNTO A ALEJANDRA TOLABA Y FELICIA BARRIOS

Cabe recordar que Sebastián Soria fue detenido en septiembre del año pasado, luego de una nota publicada en El Tribuno de Jujuy y que el Juzgado de Violencia de Género diera lugar al pedido de la Unidad Fiscal especializada en estos tipos de hechos. Este diario, dialogó con el abogado de la querella, Rodrigo Cuellar, quien explicó el sobreseimiento de los sucesos datados en la década de 1990. “Si bien los hechos de abusos comenzaron en 1995, la legislación del Código Penal que teníamos en ese momento no determinaba una suspensión del delito de abuso sexual de la prescripción en plazo.

Entonces una vez transcurrido el plazo legal, el delito prescribía. Pero después del año 2011 entra en vigencia la ‘ley Piazza’ y en 2015, se vuelve a reformar ya estableciendo que los delitos de estas características, iban a prescribir una vez que las víctimas adquieran la mayoría de edad y en 2015 ya con esta ley vigente, se establecía de que la víctima alcanzada la mayoría de edad, una vez que formule la denuncia o ratifique la denuncia hecha por los representantes legales, recién ahí comenzaba el plazo de prescripción. Esto no se le puede aplicar al imputado porque los hechos, por lo menos los primeros transcurrían desde el ‘95 al 2001, donde estaba vigente el viejo Código Penal, entonces por la ley más benigna se le tiene que aplicar”. Sin embargo, “una de las víctimas amplió su denuncia y manifestó que durante los años 2016 y 2019 fue atacada sexualmente por Soria”, dijo el letrado.

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