Una mujer fue condenada a seis años de prisión domiciliaria, tras ser considerada autora del delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la modalidad de captación y acogimiento, agravado por haber mediado engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad y por la cantidad de las víctimas, porque una de ellas tiene una discapacidad, por haber sido cometido por tres o más personas y por haberse consumado la explotación en un caso.
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Una mujer fue condenada a seis años de prisión domiciliaria, tras ser considerada autora del delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la modalidad de captación y acogimiento, agravado por haber mediado engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad y por la cantidad de las víctimas, porque una de ellas tiene una discapacidad, por haber sido cometido por tres o más personas y por haberse consumado la explotación en un caso.
La investigación inició tras dos denuncias: una de manera anónima y otra realizada por dos de las tres víctimas.
or la misma calificación, pero en grado de partícipes secundarias, otras dos mujeres fueron condenadas a tres años de prisión condicional, en línea con la postura expuesta en el alegato de clausura por el Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Jujuy, representada por el fiscal federal Federico Zurueta.
En la misma sentencia, dictada por El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy e integrado en forma unipersonal por Marta Liliana Snopek, se hizo lugar a la reparación integral de las víctimas; para una se determinó la suma de 14 millones de pesos y para cada una de las otras dos, 87.500 pesos. Al respecto, estableció que las cifras deben ser actualizadas mediante la tasa de interés pasiva del Banco de la Nación Argentina.
La sentencia también ordenó el decomiso de un vehículo Peugeot 206, de los teléfonos celulares de las condenadas, del dinero secuestrado en los allanamientos y del dinero depositado en cuentas de las billeteras virtuales Ualá y Mercado Pago. Dichos bienes serán afectados al pago de las sumas establecidas como reparación a través del Fondo de Asistencia Directa a las Víctimas de Trata de Personas.
Sobre el caso
En la apertura del debate, el fiscal Zurueta explicó la acusación y reseñó los elementos que prueban que las tres acusadas formaban parte de una empresa criminal que captaba mujeres de forma engañosa (para el supuesto cuidado de personas adultas o para tareas de limpieza) y las alojaba en un inmueble para someterlas a explotación sexual.
El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) relató que las tres acusadas intervinieron en el hecho y que cada una cumplía con distintos roles. Una de ellas estaba a cargo de la captación a través de redes sociales, donde contactaba a sus víctimas a partir de ofertas laborales falaces, para luego alojarlas en un domicilio de calle Párroco Marshke 2766 de San Salvador de Jujuy, donde eran obligadas a realizar actividades de índole sexual, lo cual redituaba en una ganancia para la organización.
En tanto, el rol de las otras dos inculpadas comenzaba en el inmueble, cuando recibían a las víctimas y continuaban con la supervisión de la explotación sexual. Ambas recibían a los clientes, los hacían ingresar en las habitaciones donde estaban las víctimas con quienes iban a mantener relaciones, entregaban los profilácticos y les cobraban.
Asimismo, detalló que la primera acusada era quien se contactaba con los clientes y determinaba el precio, y luego informaba a las otras dos para que cumplieran su rol. Por ese motivo, el fiscal consideró que cumplieron una participación secundaria.
Esta situación se daba todos los días, ya que había un ingreso permanente y controlado de hombres, ya que existía un acuerdo previo para mantener relaciones sexuales con las víctimas. Explicó al respecto que había tres víctimas alojadas en el lugar y que no podían salir.
El caso inició por dos vías casi simultáneas: una denuncia anónima en el Comité de Lucha contra la Trata de Personas, en la que se brindaron datos del lugar de la explotación y se mencionó que había mujeres ejerciendo la prostitución; y una denuncia en el MPA, realizada por dos de las tres víctimas.
De esta manera la fiscalía realizó tres allanamientos, el primero en el domicilio particular de quien captaba las víctimas; otro en el de la madre de la misma, que es contiguo al primero; y el tercero, en el lugar de explotación.
Este último allanamiento permitió corroborar que en el lugar se encontraba la tercera víctima, que fue hallada con un cliente durante un acto de explotación sexual.
Por otro lado, en la investigación se acreditó que la principal implicada contactaba a los clientes valiéndose de perfiles creados en las páginas "Mundosex" y "Skoka", en donde publicaba anuncios.
Una de las víctimas declaró que quedó embarazada como consecuencia de haber sido obligada a mantener relaciones sin protección, y que fue inducida a abortar.
Valoración de pena de una de las sentenciadas
Al momento de requerir la condena para las tres acusadas, el fiscal Zurueta hizo hincapié en los indicadores de vulnerabilidad que presentaban en términos de género y de interseccionalidad. Enfatizó que la respuesta del Estado a las víctimas por el daño padecido no debía perder de vista que las mujeres responsables de esa conducta son también sujetos de protección especial y merecen justicia bajo principios de igualdad y no discriminación.
La jueza Snopek compartió con el fiscal que sería injusto no abordar el caso con perspectiva de género. Por tal motivo, en relación a una de las sentenciadas, la magistrada evaluó como circunstancias atenuantes su contexto socio cultural y el entorno familiar en el que creció. De conformidad con las pautas valorativas de los artículos 40 y 41 del Código Penal, decidió perforar el mínimo de la escala penal, que prevé ocho años de prisión, y fijarla en seis bajo modalidad de arresto domiciliario.
Snopek valoró que la mujer se crió en el seno de una familia monoparental en donde su madre ejercía la prostitución al igual que su abuela, lo que la llevó a convivir en un ambiente de promiscuidad, del cual no fue ajena en tanto ella misma sufrió situaciones de abuso sexual, tanto por los clientes como por la pareja de su madre. Agregó que fue víctima de violencia física y psicológica por parte de su progenitora, quien además la obligó a prostituirse desde muy temprana edad. Otro atenuante que evaluó la jueza fue que la inculpada tiene dos hijos a su exclusivo cargo y que uno de ellos padece una enfermedad psiquiátrica que requiere atención permanente. También destacó la dedicación que le brindó desde su diagnóstico para que recibiera la atención adecuada.