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Femicidio de Romina Aramayo: Interpondrán un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Miércoles, 09 de octubre de 2024 10:23

Tras la resolución de Superior Tribunal de Justicia de la provincia que sobreseyó a Yesica Pantoja, acusada de encubrimiento agravado y falso testimonio por el crimen de la joven ledesmense Romina Magalí Aramayo, la Procuración del Ministerio Público de la Acusación interpondrá un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para evitar la impunidad. 

Días atrás, la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia había resuelto sobreseer de los cargos a Yesica Pantoja, por prescripción de la acción, quien estaba imputada por encubrimiento agravado y falso testimonio del femicidio de su entonces amiga Romina Magalí Aramayo, asesinada en abril de 2014.

La mujer oriunda de la ciudad de Libertador General San Martín, al igual que la víctima, desde el momento que quedó involucrada en el hecho, cambió su versión en las indagatorias al menos seis veces y todas las exposiciones fueron contradictorias, confusas y por poco autoincriminatorias.

Días atrás, la Justicia resolvió hacer lugar de forma parcial al pedido de la defensa de Pantoja, solicitando el sobreseimiento por prescripción de la pena, de acaso la única persona que estuvo con la víctima minutos antes de ser asesinada, al cumplirse más de diez años del cruento hecho.

La Procuración del MPA entiende que el problema de reciente resolución, es el excesivo alcance que le da al significado e interpretación de artículo 67 del Código Procesal Penal, que suspende la prescripción de la acción penal, cuando como en este caso intervino un funcionario público, Policía de la provincia, y esa suspensión alcanza a todos los que hubiesen participado del delito. 

La Sala del Superior Tribunal, por mayoría considera que no alcanza a Yesica Pantoja, por lo que la acción penal estaría prescripta y el delito que se le atribuye a la mujer quedaría impune. 

La procuración general considera que no hay prescripción del delito de la mujer y es el agravio que se va a plantear en el recurso extraordinario federal como razón para que la mujer sea enjuiciada como el resto de los coimputados.

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Tras la resolución de Superior Tribunal de Justicia de la provincia que sobreseyó a Yesica Pantoja, acusada de encubrimiento agravado y falso testimonio por el crimen de la joven ledesmense Romina Magalí Aramayo, la Procuración del Ministerio Público de la Acusación interpondrá un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para evitar la impunidad. 

Días atrás, la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia había resuelto sobreseer de los cargos a Yesica Pantoja, por prescripción de la acción, quien estaba imputada por encubrimiento agravado y falso testimonio del femicidio de su entonces amiga Romina Magalí Aramayo, asesinada en abril de 2014.

La mujer oriunda de la ciudad de Libertador General San Martín, al igual que la víctima, desde el momento que quedó involucrada en el hecho, cambió su versión en las indagatorias al menos seis veces y todas las exposiciones fueron contradictorias, confusas y por poco autoincriminatorias.

Días atrás, la Justicia resolvió hacer lugar de forma parcial al pedido de la defensa de Pantoja, solicitando el sobreseimiento por prescripción de la pena, de acaso la única persona que estuvo con la víctima minutos antes de ser asesinada, al cumplirse más de diez años del cruento hecho.

La Procuración del MPA entiende que el problema de reciente resolución, es el excesivo alcance que le da al significado e interpretación de artículo 67 del Código Procesal Penal, que suspende la prescripción de la acción penal, cuando como en este caso intervino un funcionario público, Policía de la provincia, y esa suspensión alcanza a todos los que hubiesen participado del delito. 

La Sala del Superior Tribunal, por mayoría considera que no alcanza a Yesica Pantoja, por lo que la acción penal estaría prescripta y el delito que se le atribuye a la mujer quedaría impune. 

La procuración general considera que no hay prescripción del delito de la mujer y es el agravio que se va a plantear en el recurso extraordinario federal como razón para que la mujer sea enjuiciada como el resto de los coimputados.

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