Dependencias del Ministerio de Gobierno que tiene vínculo con la Justicia firmarán un convenio con el Superior Tribunal de Justicia para digitalizar los trámites. Entre ellos se encuentra el Registro de Deudores Alimentarios (Rdam) de Jujuy que firmará un convenio para recibir de forma online los oficios de la Justicia que permiten agilizar la inscripción de los deudores alimentarios para brindar una herramienta de protección de los derechos de los niños que no perciben, de alguno de sus progenitores, los recursos que les corresponden.
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Dependencias del Ministerio de Gobierno que tiene vínculo con la Justicia firmarán un convenio con el Superior Tribunal de Justicia para digitalizar los trámites. Entre ellos se encuentra el Registro de Deudores Alimentarios (Rdam) de Jujuy que firmará un convenio para recibir de forma online los oficios de la Justicia que permiten agilizar la inscripción de los deudores alimentarios para brindar una herramienta de protección de los derechos de los niños que no perciben, de alguno de sus progenitores, los recursos que les corresponden.
En diálogo con el secretario de Justicia, Javier Gronda, se pudo conocer de forma anticipada que en la jornada de hoy se celebrará un convenio entre el Poder Judicial de Jujuy y el Registro de Deudores Alimentarios que permitirá eliminar la burocracia y acortar los plazos en la recepción de los oficios a través de herramientas online.
El funcionario señaló que otra ventaja que traerá este convenio es la despapelización de los trámites que genera más eficiencia y acorta los tiempos de gestión. Antes los abogados que están litigando por el cobro de la cuota alimentaria debían retirar el oficio de una oficina ubicada en un extremo de la ciudad y llevarlo a las oficinas del Rdam que está en la otra, desde hoy se podrá hacer de forma directa y a través de un email.
Para Javier Gronda, "el registro de deudores busca evitar que existan más deudores alimentarios y resulta una herramienta útil para persuadir al pago. También estamos pensando implementar en las páginas web de organismos públicos la posibilidad de que la ciudadanía consulte quiénes son deudores alimentarios con la finalidad de generar conciencia de la necesidad que se cumpla la cuota para proteger a los más vulnerables que son los chicos".
Marco normativo
El Registro de Deudores Alimentarios fue creado por la Ley 5.273 en el año 2001 en nuestra provincia. Mientras que a nivel nacional fue creado por la Ley 13.074, ambas normas tienen por objeto registrar por orden judicial a todo obligado u obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude determinado número de cuotas, tres cuotas consecutivas o cinco alternadas, previa intimación al pago.
La norma se funda en el "deber alimentario", que es la obligación de dar alimentos que tienen los padres y las madres con respecto a sus hijos y comprende todo lo que necesitan para su manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. El deber alimentario se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales. Por regla ambos progenitores tienen el deber de dar alimentos a sus hijos e hijas convivan o no con ellos.
Violencia económica
Según la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la violencia económica y patrimonial es la que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de: la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes; la limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna.
El incumplimiento de la cuota alimentaria es una violación a un derecho esencial de los niños, niñas y adolescentes e implica además que quien cubra esa falta sea la persona que queda a cargo. Por la asignación tradicional y maternalista de los roles y tareas de cuidado, tras una separación o divorcio esa persona es, en general, la madre. El incumplimiento de alimentos representa entonces un claro ejemplo de violencia económica dado que la mujer, a cargo de sus hijos que no cuenta con cuota alimentaria se ve obligada a multiplicar la cantidad y horas de trabajo para cubrir los gastos generados.
La Red de Mujeres Políticas cumple dos años de trabajo
Los avances logrados en el respeto de los derechos de mujeres en estos últimos año es el resultado de un trabajo en red, constante, que tienen un único objetivo: conseguir la igualdad de género. En nuestra provincia son muchas las organizaciones, espacios y entidades que desde una mirada feminista abordan la desigualdad y luchan por lograr espacios que hasta ahora fueron negados para las mujeres. Una de ellas es la Red de Mujeres Políticas, que está pronto a cumplir sus dos años y este 19 de julio realizará el conversatorio “Reforma política con perspectiva de género”.
Las integrantes de la Red indicaron que en estos dos años se realizó una “tremenda tarea sostenida en los que se luchó por poner en conocimiento de la modificación de la Ley 26.485, que incorporaba a la violencia política hacia las mujeres desalentado o menoscabando su ejercicio político”. La Red de Mujeres Políticas está integrada por mujeres de todos los espacios y una de sus principales luchas fue la aprobación de la Ley de Paridad de Género en los cargos de representación. “Y ahí pusimos nuestras primeras energías y con la ayuda y colaboración de distintos espacios de nuestra legislatura, logramos en nuestra provincia tener ley de paridad para cargos legislativos”, resumió Noemi Arismendi, integrante de la Red.
Alcances del registro
En el año 2001, la Legislatura de la Provincia de Jujuy sancionó la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, que funciona en el área del Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia. Esta norma indica que el Registro tendrá a su cargo la función de llevar un listado de todas aquellas personas que adeuden, total o parcialmente, a menores o personas discapacitadas, tres cuotas alimentarias consecutivas, se trate de alimentos provisorios o definitivos, fijados por resolución judicial.
Expedir certificados, ante requerimiento de persona física o jurídica en forma gratuita. E indica que la inscripción en el Registro o su baja se harán sólo por orden judicial. Las instituciones públicos de la provincia no podrán otorgar créditos, habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, ni designar como funcionarios jerárquicos a quienes se encuentren incluidos como deudores.