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13 de Agosto,  Jujuy, Argentina
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Ópticos opinan sobre el impacto de zonas francas

No deben venderse elementos visuales sin supervisión profesional.

Jueves, 30 de agosto de 2018 00:00

El Colegio de Ópticos de la Provincia de Jujuy analizó informes periodísticos sobre la creación de Zonas Francas en la provincia y habiéndose interiorizado de los productos que se podrían comercializar en dicha zona , ha tomado como propia la defensa de los profesionales ópticos matriculados y que son representados en cada una de las situaciones en que sus derechos son afectados.

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El Colegio de Ópticos de la Provincia de Jujuy analizó informes periodísticos sobre la creación de Zonas Francas en la provincia y habiéndose interiorizado de los productos que se podrían comercializar en dicha zona , ha tomado como propia la defensa de los profesionales ópticos matriculados y que son representados en cada una de las situaciones en que sus derechos son afectados.

Al respecto y siendo responsable del cuidado de la salud visual de la población y saliendo en defensa de la profesión , el Colegio de Ópticos de Jujuy consulto sobre los alcances de la "zona franca" y aseguran que son_ espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y tanto su importación como su exportación, no están gravadas con tributos.

El objetivo de estas zonas es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo además incentivos fiscales.

En definitiva , podrán introducirse en zonas francas , toda clase de mercaderías y servicios.

Este es un capitulo importante y que hace a la verdadera preocupación del Colegio de Ópticos de Jujuy, en relación con la labor de los profesionales que anuncian , corrigen , confeccionan o expenden medios ópticos, se advierte que la zona franca de ninguna manera afecta su saber y ciencia.

Siendo el Profesional óptico , que se ajuste a las normas exigidas por los Colegios de Ópticos en las provincias que se han creado , los que exclusivamente pueden ejercer la actividad antes descripta .

Por lo tanto , toda actividad profesional que se relacione con la óptica queda bajo la jurisdicción de las leyes provinciales y las normas de los Colegios de Ópticos de cada provincia.

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