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Cámara: "No se respetó el principio de igualdad"

Apelaciones consideró "contradictorias" las resoluciones de los dos jueces que concedieron el beneficio.El fiscal de Investigación Penal N° 1 Diego Cussel había apelado las disposiciones judiciales.

Sabado, 30 de septiembre de 2017 20:06

Luego de que la Cámara de Apelaciones de la Provincia resolviera el viernes pasado a última hora revocar la prisión domiciliaria de la dirigente social Milagro Sala, dictada tiempo atrás por los magistrados Gastón Mercau y Pablo Pullen Llermanos, se supo que uno de los fundamentos de la revocatoria refiere a que "no se respetó el principio de igualdad".

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Luego de que la Cámara de Apelaciones de la Provincia resolviera el viernes pasado a última hora revocar la prisión domiciliaria de la dirigente social Milagro Sala, dictada tiempo atrás por los magistrados Gastón Mercau y Pablo Pullen Llermanos, se supo que uno de los fundamentos de la revocatoria refiere a que "no se respetó el principio de igualdad".

Los fundamentos revelan que la intervención de la Cámara está dada por la apelación interpuesta por el fiscal de Investigación Penal Preparatoria N° 1 Diego Cussel, en contra de lo resuelto por los jueces de Control y de Causas Ley entre el 16 y 19 de agosto pasado.

Cussel consideró que estas resoluciones emitidas resultaban "contradictorias y violaban el principio de igualdad de trato de los detenidos que se encuentran en la situación de prisión preventiva", argumento al que hicieron lugar los jueces de la Cámara de Apelaciones, Néstor Paolini, Gloria Portal de Albisetti y Emilio Carlos Cattan, que firman la revocatoria de la prisión domiciliaria.

Paolini como presidente del trámite concluyó de igual manera en ambas resoluciones (de Mercau y Pullen Llermanos) que "se deben revocar estas disposiciones resolutivas por "resultar autocontradictorio, por no respetar el principio de igualdad, por carecer de la fundamentación necesaria requerida y las pruebas suficientes para otorgar un beneficio como de la prisión domiciliaria".

Además el magistrado agregó que "los informes elaborados durante la estadía de Milagro Sala en la Unidad Penal, dan cuenta de los distintos controles no solamente médicos sino psicológicos que se cumplieron" y "la cantidad de visitas recibidas indican que no se le restringieron derechos" a la dirigente social Milagro Sala, sino "todo lo contrario".

"No surge ni del pedido efectuado, ni de las constancias probatorias agregadas riesgos a su vida ni que peligre su integridad física, derechos estos que obviamente deben seguir siendo garantizados en todo momento, como se lo deben garantizar a cualquier interno alojado en el Servicio Penitenciario de la Unidad Penal N° 3 de Mujeres de Alto Comedero", planteó al respecto.

En su análisis previo Paolini había marcado como cuestión "ineludible" a tratar la intervención de la Cidh, que urgió al Estado argentino a que se cambien las condiciones de detención de Sala, y dejó en claro que estas recomendaciones "no revisten obligatoriedad".

En uno de los puntos del extenso análisis, el juez tomó como base entre otras cuestiones, que "la Corte Suprema de Justicia resolvió que un fallo de un Tribunal Internacional no puede revertir una de sus sentencias y afirmó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no es una "Cuarta Instancia" revisora para nuestro país".

En las resoluciones conocidas en la jornada de ayer, la jueza Portal de Albisetti hizo un análisis coincidiendo con el juez Paolini y agregando su posición respecto de lo fundamentado, mientras que el juez Carlos Emilio Cattan sólo adhirió por compartir fundamentos.

La Cidh objetó la revocación

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) afirmó en la jornada de ayer que la decisión de la Cámara de Apelaciones de Jujuy de revocar el arresto domiciliario a la dirigente social Milagro Sala “incumple con una medida cautelar vigente”, emitida por el organismo.

“La decisión de la Justicia de Jujuy en Argentina de revocar el arresto domiciliario de Milagro Sala incumple una medida cautelar vigente.

La Cidh evaluará el contenido de la decisión para deliberar los pasos siguientes según reglas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, señaló la Cidh a través de una serie de mensajes publicados en su cuenta oficial de la red social Twitter.

En un informe conocido a fines del mes de julio pasado, y luego de una visita de una comisión de la Cidh al país que incluyó una reunión con la propia dirigente social Milagro Sala, la Cidh recomendó una medida alternativa de la prisión preventiva.

Para arribar a esa conclusión, la Cidh había tomado en cuenta “la excepcionalidad de la prisión preventiva, y el agravamiento de la situación de riesgo a la vida e integridad personal como resultado de las particularidades que tiene la continuidad de la privación de libertad de la beneficiaria, así como los presuntos hostigamientos que habría enfrentado y la necesidad de salvaguardar tales derechos”.

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