El TSJ emitió una sentencia en la que ordena a la Asamblea Nacional abstenerse de continuar con el juicio político contra Maduro y de dictar cualquier acto contra la Constitución.
La medida siguió al juicio político en el Legislativo contra Maduro y a la decisión del TSJ de ratificar a dos rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyos mandatos vencieron, cuando los diputados debatían sobre los posibles candidatos para ocupar las vacantes.
La confrontación de poderes se agudizó después que la oposición anunció que no volvería a la mesa de diálogo con el gobierno, el cual está facilitado por el Vaticano, acusando a Maduro de incumplir los acuerdos. El TSJ informó que la Sala Constitucional se declaró competente para tratar un recurso impulsado por el procurador general, Reinaldo Muñoz, quien solicitó a los magistrados que tomaran previsiones para evitar las actuaciones de la Asamblea Nacional contra la Constitución.
El TSJ prohibió en su sentencia a los diputados convocar y realizar actos que alteren el orden público e instigar contra los otros poderes públicos, así como otras acciones que estén al margen del orden jurídico. Recalcó que los diputados no pueden aprobar resoluciones o actos legislativos que "resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica".
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El TSJ emitió una sentencia en la que ordena a la Asamblea Nacional abstenerse de continuar con el juicio político contra Maduro y de dictar cualquier acto contra la Constitución.
La medida siguió al juicio político en el Legislativo contra Maduro y a la decisión del TSJ de ratificar a dos rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyos mandatos vencieron, cuando los diputados debatían sobre los posibles candidatos para ocupar las vacantes.
La confrontación de poderes se agudizó después que la oposición anunció que no volvería a la mesa de diálogo con el gobierno, el cual está facilitado por el Vaticano, acusando a Maduro de incumplir los acuerdos. El TSJ informó que la Sala Constitucional se declaró competente para tratar un recurso impulsado por el procurador general, Reinaldo Muñoz, quien solicitó a los magistrados que tomaran previsiones para evitar las actuaciones de la Asamblea Nacional contra la Constitución.
El TSJ prohibió en su sentencia a los diputados convocar y realizar actos que alteren el orden público e instigar contra los otros poderes públicos, así como otras acciones que estén al margen del orden jurídico. Recalcó que los diputados no pueden aprobar resoluciones o actos legislativos que "resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica".