La Ley establece que la principal autoridad de aplicación será el juez contravencional administrativo, que tendrá a su cargo el juzgamiento en única instancia de las contravenciones cometidas dentro del ámbito de competencia de la norma. Asimismo, determina la creación del Departamento Contravencional. El área estará integrada por el cuerpo de asesores letrados de la Policía, que tendrá competencia para el impulso de la acción contravencional y dirección e investigación de las faltas, sin perjuicio de la designación de organismos específicos por parte del Ejecutivo de la provincia.
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La Ley establece que la principal autoridad de aplicación será el juez contravencional administrativo, que tendrá a su cargo el juzgamiento en única instancia de las contravenciones cometidas dentro del ámbito de competencia de la norma. Asimismo, determina la creación del Departamento Contravencional. El área estará integrada por el cuerpo de asesores letrados de la Policía, que tendrá competencia para el impulso de la acción contravencional y dirección e investigación de las faltas, sin perjuicio de la designación de organismos específicos por parte del Ejecutivo de la provincia.