La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), que conduce Ricardo Echegaray, extendió a directivos de bancos la prohibición de tomar el pago de multas a cuenta del impuesto a las Ganancias.
Tampoco los bancos y entidades financieras podrán deducir como "gasto" las sumas de dinero que entregan a sus directivos para pagarlas por su actuación como representantes de la empresa.
Las dos aclaraciones formuladas por la Afip se verán reflejadas en la Circular 2/15 del organismo, que saldrá publicada hoy jueves en el Boletín Oficial.
La circular establece esa obligación para directivos o representantes de bancos y entidades financieras que cobren de sus empresas sumas de dinero para pagar multas o sanciones administrativas, adquiridas por su trabajo.
La Afip detectó, mediante sus acciones de control, que las entidades desarrollan un doble esquema para evitar el impuesto porque pretenden deducir de sus ganancias las multas aplicadas a sus directores y por otro no le hacen la retención de Ganancias correspondiente a los directores por esta renta percibida.
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Tampoco los bancos y entidades financieras podrán deducir como "gasto" las sumas de dinero que entregan a sus directivos para pagarlas por su actuación como representantes de la empresa.
Las dos aclaraciones formuladas por la Afip se verán reflejadas en la Circular 2/15 del organismo, que saldrá publicada hoy jueves en el Boletín Oficial.
La circular establece esa obligación para directivos o representantes de bancos y entidades financieras que cobren de sus empresas sumas de dinero para pagar multas o sanciones administrativas, adquiridas por su trabajo.
La Afip detectó, mediante sus acciones de control, que las entidades desarrollan un doble esquema para evitar el impuesto porque pretenden deducir de sus ganancias las multas aplicadas a sus directores y por otro no le hacen la retención de Ganancias correspondiente a los directores por esta renta percibida.
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