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Un perito reveló que “Pity” Álvarez le disparó a su víctima en “la cruz de la muerte”

El criminalista Manuel Omar Martín aportó detalles hasta ahora desconocidos sobre la mecánica del crimen de Cristian Díaz.

Sabado, 05 de septiembre de 2026 09:30

"Lo maté porque era entre él o yo. Cualquier animal hubiera hecho lo mismo". Con esa frase, "Pity Álvarez" confesó el crimen de Cristian Maximilano Díaz, a quien asesinó de cuatro disparos durante la madrugada del 12 de julio de 2018. Ocho años después, mientras el músico es juzgado por el homicidio, su nueva defensa volvió a poner aquella frase en el centro de su estrategia para sostener que el cantante actuó en legítima defensa.

La semana pasada, sin embargo, por primera vez desde que comenzó el juicio, surgieron detalles hasta ahora desconocidos sobre la mecánica de los disparos. Entre ellos, que uno fue efectuado a no más de 60 centímetros de distancia y que Díaz tuvo una “sobrevida mínima” después de ser baleado. También se conocieron precisiones sobre las trayectorias de los proyectiles y las características de las heridas.

Parte de esos datos surgieron durante la declaración de Manuel Omar Martín, licenciado en Criminalística, especialista en técnicas de investigación criminal y actual subcomisario de la Policía de la Ciudad. Con 25 años de profesión, Martín pasó 17 en Gendarmería Nacional, participó de misiones de paz en Haití y fue becado para capacitarse en la Gendarmería francesa, en Fontainebleau. Según contó a Infobae, a lo largo de su carrera declaró como testigo en unos 40 juicios.

Martín fue uno de los especialistas que trabajó en la escena del crimen y el miércoles 2 de septiembre declaró ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29. Según recordó, llegó al barrio Samoré cerca de las 3.20 de la madrugada y encontró a Díaz tendido boca arriba, ya sin vida, con cuatro heridas de bala.

La distancia desde la que se efectuaron los disparos, la ubicación de las vainas, la trayectoria de los proyectiles y las lesiones que presentaba el cuerpo fueron algunos de los ejes de su testimonio. Durante su declaración, además, utilizó una particular expresión para describir una de las zonas alcanzadas por los tiros: “la cruz de la muerte”.

Sus aportes cobraron especial relevancia frente a la estrategia que comenzó a desplegar la defensa de Álvarez. Es que, mientras sus abogados sostienen que el músico disparó para defenderse, los indicios que Martín analizó lo llevaron a una conclusión diferente sobre la mecánica del crimen.

La “cruz de la muerte”

El criminalista explicó que “la cruz de la muerte” no es una denominación formal utilizada en los manuales de medicina forense, sino una analogía topográfica y táctica empleada en ámbitos policiales y militares para identificar una región especialmente vulnerable del rostro.

La llamada “cruz” se forma a partir de dos ejes imaginarios: uno horizontal, que atraviesa los ojos y los pómulos, y otro vertical, que desciende desde el entrecejo por la nariz hasta la boca y el mentón. La peligrosidad de esa región no está dada solamente por los huesos del rostro, sino por las estructuras vitales que se encuentran detrás y alrededor.

“En ese sentido, una lesión en el pómulo puede revestir extrema gravedad no por el hueso en sí mismo, sino por su proximidad con la órbita ocular, la base del cráneo, el cerebro y distintas estructuras vasculares y nerviosas”, indicó.

Para dimensionar su importancia, Martín recurrió a un ejemplo: es la zona a la que apunta un francotirador cuando debe neutralizar a una persona que amenaza a un rehén con un arma blanca, debido a que un impacto allí busca impedir cualquier capacidad posterior de reacción.

En el caso de Díaz, el perito explicó que dos de los cuatro disparos tenían características mortales: el que impactó en la boca y el que ingresó por el pómulo. Este último fue, además, el único proyectil que atravesó el cuerpo y salió; los tres restantes quedaron alojados. Los otros dos impactos, ubicados por debajo del cuello, no eran por sí mismos mortales, según indicó.

El análisis de las trayectorias también aportó información sobre la posición de la víctima: tres de los proyectiles siguieron una dirección de arriba hacia abajo, un elemento que el criminalista tuvo en cuenta para reconstruir cómo se encontraba Díaz cuando recibió los disparos.

El perito también explicó que la cantidad de sangre observada en la escena indicaba que la víctima había tenido un período de sobrevida tras recibir los disparos. “Cuando no hay sangre, muere en el acto. Cuando es al revés significa que el corazón siguió bombeando sangre hasta que entró en paro”, sostuvo.

Un disparo a no más de 60 centímetros

La distancia fue otro de los elementos que apareció por primera vez durante el debate. Martín sostuvo ante el tribunal que al menos uno de los disparos fue efectuado a no más de 60 centímetros de Díaz.

La conclusión surgió de un indicio concreto: el ahumamiento que presentaba el rostro de la víctima. Se trata de uno de los rastros que se analizan en criminalística para establecer la proximidad entre la boca del arma y el cuerpo al momento del disparo.

El arma utilizada era una pistola calibre .25, que emplea un cartucho diseñado en 1902 por el estadounidense John Moses Browning para pistolas semiautomáticas de bolsillo. Aunque posee una energía considerablemente menor que calibres de mayor tamaño, puede resultar letal cuando el proyectil alcanza órganos vitales, grandes vasos sanguíneos o determinadas regiones del cráneo, especialmente a corta distancia.

A ese dato se sumó la disposición de las vainas encontradas en la escena. Durante su declaración, Martín explicó que estaban concentradas en un mismo sector, circunstancia que le permitió sostener que “el tirador no se movió tanto” mientras efectuaba los disparos.

La legítima defensa, en discusión

La reconstrucción de Martín cobró especial importancia frente a la estrategia que comenzó a desplegar la nueva defensa de Álvarez: sostener que el músico disparó para defenderse de Díaz.

Su abogado Sebastián Queijeiro explicó públicamente que aquella madrugada existió una situación previa de violencia. “Esto sucedió en uno de los monoblocks de Lugano, en un banquito donde vendían estupefacientes y se iban a drogar. Entonces, no estamos hablando de que pasó en una plaza o fue una discusión en una cancha de fútbol. Cristian Álvarez estuvo de alguna manera privado de su libertad durante media hora, donde no lo dejaban irse. Los testigos presenciales del hecho dijeron que le cabeceó, lo escupió”, sostuvo.

La lectura de Martín sobre los indicios analizados es diferente a la que plantea la defensa. Ante Infobae, el criminalista indicó que, por la cantidad de disparos, las zonas alcanzadas, las trayectorias, la corta distancia de al menos uno de los tiros y la disposición de las vainas, “se demostró que fue directamente a matar”.

La discusión no es menor desde el punto de vista jurídico. El homicidio simple, figura por la que Álvarez llegó a juicio —más allá del agravante por el uso de arma de fuego que integra la acusación—, contempla una pena de 8 a 25 años de prisión. En cambio, si el tribunal considerara que actuó en legítima defensa, no correspondería una pena. Para que se configure esa causal, el Código Penal exige que exista una agresión ilegítima, una necesidad racional del medio utilizado para impedirla o repelerla y falta de provocación suficiente por parte de quien se defiende.

La ley contempla, además, el exceso en la legítima defensa. En ese supuesto, el Código Penal establece que debe aplicarse la pena correspondiente al delito cometido por culpa o imprudencia. En caso de una muerte, la escala prevista para el homicidio culposo es de 1 a 5 años de prisión.

Por lo pronto, determinar si Álvarez actuó en legítima defensa, como sostienen sus abogados, será una de las cuestiones centrales que deberá resolver el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29 al momento de dictar sentencia.

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