El Gobierno nacional formalizó el envío a la Cámara de Diputados del proyecto de ley conocido como Inocencia Fiscal II, una reforma que busca dar mayor previsibilidad a los contribuyentes y acotar el margen de acción de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la hora de fiscalizar declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias.
La iniciativa llega apenas días después de que el organismo recaudador decidiera extender hasta el 27 de agosto el plazo para presentar las declaraciones juradas de Ganancias de personas humanas del período fiscal 2025, aunque sin modificar la fecha límite de pago, fijada para el 27 de julio. Además, se postergó para septiembre el primer anticipo del impuesto.
Los ejes principales del proyecto
De acuerdo con el texto enviado al Congreso, la reforma contempla varios cambios centrales:
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Corrección de declaraciones juradas: los contribuyentes podrán rectificar errores o inconsistencias sin perder automáticamente su lugar en el régimen simplificado.
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Continuidad de beneficios: quienes regularicen su situación fiscal no perderán las ventajas que ya tenían reconocidas.
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Fin de los topes vigentes: se eliminarían los límites actuales relacionados con las diferencias que detecta ARCA.
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Más requisitos para el organismo fiscal: ARCA solo podría objetar una declaración jurada si logra probar, con datos concretos, que existen diferencias relevantes.
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Presunción de exactitud: los contribuyentes amparados bajo esta figura tendrían mayor resguardo frente a futuras inspecciones.
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Esquema transitorio para los fondos: hasta el 31 de diciembre de 2027, el dinero de quienes queden bajo la presunción de exactitud mantendría las condiciones ya previstas.
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Perdón de determinadas multas: se contempla no aplicar ciertas sanciones a quienes hayan regularizado previamente ajustes en Ganancias o IVA y se sumen al régimen simplificado.
Cuándo empezarían a regir los cambios
Por el momento, ninguna de estas modificaciones está en vigencia. El proyecto deberá recorrer el trámite parlamentario habitual —debate y votación en ambas cámaras— antes de convertirse en ley y ser reglamentado por el Poder Ejecutivo.
Mientras ese proceso no concluya, seguirán aplicándose las reglas actuales del Régimen Simplificado de Ganancias, por lo que los vencimientos y las obligaciones vigentes ante ARCA no sufren modificaciones inmediatas.