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Debaten el proyecto que elimina límites a la compra de tierras por extranjeros

El temario acordado por el oficialismo y la oposición incluye el proyecto de pago a los fondos buitres y 50 pliegos judiciales; la lista no incluye el de Verónica Michelli.

Jueves, 04 de junio de 2026 14:19

El Senado de la Nación inició este jueves una sesión en la que debatirá uno de los proyectos centrales de la agenda legislativa del Gobierno nacional: la reforma vinculada a la propiedad privada, que incluye modificaciones a la Ley de Tierras Rurales, cambios en el régimen de expropiaciones y una actualización de la Ley de Manejo del Fuego.

La sesión fue acordada durante la reunión de Labor Parlamentaria y comenzó a las 11 de la mañana. Entre los temas incluidos figuran además el proyecto para autorizar el pago a acreedores externos conocidos como holdouts, la aprobación de decenas de pliegos judiciales y otras iniciativas parlamentarias.

Qué cambios propone el proyecto sobre tierras rurales

Uno de los puntos más relevantes del texto es la modificación de la Ley 26.737, que regula la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales.

La iniciativa elimina los límites nacionales vigentes para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras. Según el proyecto, las provincias conservarán la jurisdicción plena sobre su territorio y tendrán intervención en la autorización de operaciones de compraventa cuando correspondan.

No obstante, el texto establece restricciones para la adquisición de tierras por parte de Estados extranjeros o de entidades en las que un Estado extranjero tenga participación decisiva en el capital o en la toma de decisiones.

La propuesta también alcanza a fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con recursos provenientes de gobiernos extranjeros.

Reforma a la Ley de Manejo del Fuego

Otro de los capítulos incluidos en el proyecto modifica aspectos de la Ley de Manejo del Fuego.

La iniciativa elimina la prohibición que impedía modificar durante 30 años el uso de superficies incendiadas ubicadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.

En el caso específico de los bosques nativos, se mantiene la prohibición de cambiar el uso y destino de las áreas afectadas por incendios, aunque se elimina el plazo de 60 años que contemplaba la legislación vigente.

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