PUBLICIDAD

El Gobierno simplifica el proceso de designación de jueces de la Corte Suprema

El Poder Ejecutivo modificó los Decretos 222/2003 y 588/2003 para agilizar la cobertura de vacantes en el Poder Judicial y el Ministerio Público, eliminando instancias que considera duplicadas con las que ya realiza el Senado de la Nación.

Martes, 16 de junio de 2026 08:10

El presidente Javier Milei firmó este jueves el Decreto 467/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, mediante el cual se modifican los procedimientos de preselección de magistrados del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público. La medida apunta a reducir la burocracia en la designación de jueces, fiscales y defensores públicos, eliminando instancias administrativas previas que el Ejecutivo considera redundantes con las que ya realiza el Senado de la Nación.
¿Qué cambia con el nuevo decreto?
El decreto modifica los Decretos 222/03 y 588/03, que regulaban el proceso de preselección de candidatos a integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tribunales federales inferiores y el Ministerio Público. Entre los cambios más relevantes se destacan:

  • Publicación digital en lugar de diarios en papel. Cuando se produzca una vacante en la Corte Suprema, el nombre y los antecedentes del candidato deberán publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio web del Ministerio de Justicia durante tres días, en un plazo máximo de 30 días. El sistema anterior contemplaba publicaciones en diarios de circulación nacional y local, consideradas hoy desactualizadas.

  • Plazos acotados para declaraciones juradas y controles fiscales. Los precandidatos tendrán cinco días hábiles para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales una vez finalizada la publicación. Paralelamente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá emitir el informe sobre cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales dentro de los cinco días de recibida la solicitud.

  • Eliminación de audiencias ciudadanas en la órbita del Ejecutivo. El decreto deroga los artículos que establecían instancias de observaciones ciudadanas ante el Ministerio de Justicia, al considerar que estas se duplican con las audiencias públicas obligatorias que ya prevé el Reglamento de la Cámara de Senadores.

  • El Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación. Se designa expresamente a esa cartera como responsable de coordinar y elevar las actuaciones al Poder Ejecutivo para que este decida la elevación de la propuesta al Senado.

Los argumentos del Gobierno
El texto del decreto sostiene que Argentina atraviesa una crisis institucional por el elevado número de vacantes en la justicia nacional y federal, situación que genera demoras en los procesos judiciales y afecta el debido proceso y los derechos de los justiciables.
El Ejecutivo argumenta que el procedimiento vigente desde 2003 duplicaba instancias de publicidad y control que ya están previstas constitucionalmente en el Senado, donde el Reglamento de la Cámara garantiza audiencias públicas, recepción de observaciones ciudadanas y evaluación de antecedentes. En ese sentido, aclara expresamente que la medida no implica eliminar la transparencia ni la participación ciudadana, sino concentrarlas en el ámbito parlamentario, que es donde la Constitución Nacional las prevé.
El decreto también alinea los requisitos de declaración jurada entre ambos regímenes —el de la Corte Suprema y el de los tribunales inferiores— para establecer un estándar uniforme que incluye la declaración patrimonial, la nómina de asociaciones civiles y estudios jurídicos integrados en los últimos ocho años, y la lista de clientes o contratistas del mismo período, con el fin de detectar posibles conflictos de intereses.
El rol del Senado no cambia
Un punto que el Gobierno subraya es que la facultad de control sobre los candidatos permanece intacta en el Senado. Es en esa cámara donde, según el artículo 99 inciso 4 de la Constitución Nacional, se realiza el acuerdo para la designación de los magistrados de la Corte Suprema —por dos tercios de sus miembros presentes en sesión pública— y donde se garantiza el escrutinio público sobre la idoneidad de los postulantes.
Vigencia
El decreto lleva la firma del presidente Milei y del ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, y entró en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, hoy 16 de junio de 2026.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Te puede interesar

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Últimas noticias

PUBLICIDAD