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Gobierno elimina compensaciones por pasajes gratis a discapacitados, trasplantados y niños con cáncer

Aseguran que el derecho a la gratuidad se mantiene, pero las empresas deberán absorber el impacto económico.

Martes, 26 de mayo de 2026 10:39

El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Transporte, publicó este martes la Resolución 28/2026 que elimina el sistema de compensaciones económicas que el Estado nacional destinaba a las empresas de transporte automotor de pasajeros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas con discapacidad, trasplantados y niños con cáncer.

La medida, firmada por el secretario de Transporte, Mariano Ignacio Plencovich, deroga cuatro resoluciones anteriores del entonces Ministerio de Transporte (717/2018, 567/2019, 536/2022 y 549/2023) y deja sin efecto el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia (RCLD) que financiaba estos beneficios.

En los considerandos de la norma, el Gobierno argumenta que el esquema compensatorio fue instituido en un contexto de emergencia y fuerte regulación estatal de tarifas, que impedía a los operadores trasladar a los precios los costos de los pasajes gratuitos. Sin embargo, señalan que actualmente rige un nuevo marco normativo basado en la "libertad de fijación de precios, en base a la interacción de la oferta y la demanda de servicios".

"La causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada, lo que torna innecesaria su continuidad", sostiene la resolución.

El derecho a la gratuidad no se toca
Desde el Ejecutivo nacional remarcaron que la derogación del régimen compensatorio "no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad" previsto en las leyes 22.431 (personas con discapacidad), 26.928 (personas trasplantadas) y 27.674 (niños y adolescentes con cáncer).

"El eventual impacto económico de la decisión se circunscribe exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados", aclaró el texto oficial. Es decir, las empresas de transporte seguirán obligadas a emitir pasajes gratuitos a los beneficiarios, pero ya no recibirán reintegros del Estado por esos boletos.

Control a cargo de la CNRT
La resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) el mantenimiento de los procedimientos para "garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones legales vigentes en materia de emisión de pasajes gratuitos".

La norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, que se produjo hoy, y contiene una cláusula transitoria para resguardar situaciones devengadas con anterioridad, en garantía del "principio de seguridad jurídica".

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