El Gobierno reglamentó la desregulación del servicio de rampa en aeropuertos, para ponerle fin a la actividad de Intercargo. Además, anunció la capacitación a miembros de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) para realizar las tareas de carga y descarga de las valijas y equipajes.
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El Gobierno reglamentó la desregulación del servicio de rampa en aeropuertos, para ponerle fin a la actividad de Intercargo. Además, anunció la capacitación a miembros de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) para realizar las tareas de carga y descarga de las valijas y equipajes.
La noticia ya la había adelanto el jueves el vocero presidencial, Manuel Adorni, y quedó establecido mediante la Resolución 49/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial por medio de la Secretaría de Transporte.
En el artículo 1°, dice "apruébese el proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”.
“Dispóngase que toda autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general tendrá una duración de 15 (quince) años, desde su emisión y deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad operacional”, establece el documento.
En el considerando de la resolución, el gobierno planteó que "la ley 17.285 (Código Aeronáutico) establece que los servicios aeroportuarios serán regulados y fiscalizados por la autoridad aeronáutica bajo los principios de garantía de la seguridad, libre competencia y acceso a los mercados".
Además, se remarcó que "se deben desregular las tarifas impuestas por el Estado Nacional, dictadas por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), dejando sin efecto los actos administrativos que las imponen y permitiendo que el mercado, en sana competencia, pueda arbitrar libremente los precios” y “que el rol del operador aeroportuario y del transportista aéreo resultan esenciales para el éxito y la agilidad del sistema".
Por otra parte, el Poder Ejecutivo autorizó a las Fuerzas de Seguridad a explotar de manera “temporal y excepcional” los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general ante cualquier falta de prestación.
También se dictaminó que aquellos que no respeten las Normas Reglamentarias Técnicas Aeronáuticas sufrirán una suspensión temporaria o definitiva de la autorización para operar.