"La ley de Modernización Laboral incorpora un nuevo régimen de blanqueo laboral, denominado Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas. Si bien al momento se encuentra pendiente de reglamentación por parte de Arca, podemos anunciar las principales condiciones, beneficios y alcances". Los conceptos pertenecen a la abogada Patricia Mariela Argañaraz, especialista en Derecho Laboral y Previsional, en un nuevo aporte para El Tribuno de Jujuy.
Empleador sepulta multas, condona hasta el 70% de deudas y consigue blindaje definitivo frente a futuras inspecciones.
Nuestra columnista destacada mencionó que "el régimen habilita a los empleadores del sector privado a regularizar trabajadores no registrados ('en negro') y también a corregir registraciones deficientes (fecha de ingreso, salario, etc). Se puede aplicar a relaciones laborales vigentes iniciadas hasta la fecha de promulgación de la ley, lo cual ocurrió el 6 de marzo de este año 2026.
Una vez reglamentado (lo cual hasta el 18/05/26 no sucedió), el régimen tendrá un plazo de 180 días corridos para adherir, contados desde la entrada en vigencia de la reglamentación".
Beneficios para el empleador
Argañaraz explica que el blanqueo laboral incluye los siguientes beneficios: "condonación de deudas de por lo menos un 70% (de capital e intereses por aportes y contribuciones), extinción de sanciones, eliminación de multas e infracciones, extinción de la acción penal tributaria, regularización registral, baja del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).
El Repsal es una base de datos pública donde figuran las empresas que han sido sancionadas por irregularidades laborales (como tener personal no registrado y otras violaciones a normas del trabajo y la seguridad social. Si una empresa es registrada en este sistema, pierde el acceso a beneficios del Estado. Mientras permanezcan en el registro, los empleadores no pueden acceder a subsidios, solicitar programas o planes de fomento administrados por el Estado, participar de licitaciones, contrataciones o beneficios de créditos públicos ni recibir beneficios de reducción de contribuciones patronales.
Condiciones de pago: El empleador deberá cancelar la parte no condonada de la deuda, con facilidades, hasta 72 cuotas, intereses del 12% nominal anual, pago de un anticipo de hasta 5% y la reglamentación podrá disponer un descuento adicional por pago contado de hasta un 10%. También podrán incluirse deudas ya exigidas administrativamente e incluso las que hayan sido ya exigidas judicialmente".
El trabajador puede recuperar hasta 5 años de servicios, lo cual es clave para asegurar su derecho a la jubilación.
Impacto en las jubilaciones
La especialista en Derecho Laboral y Previsional Mariela Argañaraz, puso de relieve que “este régimen de regularización de deudas puede tener un alto impacto en la situación de los trabajadores a los fines del cómputo de la cantidad de años necesarios para acceder a la jubilación, ya que permite al empleador regularizar hasta 60 meses (5 años) de servicios que se computan para acceder a la jubilación, aunque no impactan en el monto del haber jubilatorio. Estos meses servirán únicamente para cumplir con los años requeridos a fin de obtener la jubilación, pensión por invalidez, pensión por fallecimiento y la prestación por desempleo.
No serán tenidos en cuenta para incrementar el monto final del haber jubilatorio. El monto de los aportes a realizar podrán ser calculados sobre un monto mensual equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil o, de existir, sobre la remuneración declarada.
El régimen no podrá aplicarse respecto a empleados que hayan sido incluidos en el blanqueo de la Ley de Bases (Rifl) ya que este es sólo para los trabajadores que estaban inscriptos como monotributistas con carácter previo al mes de alta de la relación laboral y que no hayan contado con una relación laboral registrada en el sector privado al 10 de diciembre de 2025. Arca no podrá inspeccionar ni reclamar por períodos regularizados, lo cual implica un escudo protector para los empleadores. Así, este blanqueo abre un escenario único, en el que todos ganan.
Por un lado, el empleador encuentra un salvavidas histórico: sepulta multas, condona hasta el 70% de sus deudas y consigue un blindaje definitivo frente a futuras inspecciones de Arca.
Por el otro, el trabajador puede recuperar hasta 5 años de servicios, lo cual es clave para asegurar su derecho a la jubilación. Esta puede ser la oportunidad perfecta para sanear el pasado sin asfixiar el presente. La oportunidad tiene fecha de vencimiento y la aplicación en cada caso concreto requiere precisión quirúrgica”.