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25 de Junio,  Jujuy, Argentina
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Se agota el tiempo para la regularización previsional

Vence el 23 de marzo y es para quienes no tienen suficientes aportes para jubilarse. Crece demanda de turnos en Anses.
Jueves, 23 de enero de 2025 01:01
MARÍA DEL HUERTO GAMARRA | ABOGADA PREVISIONALISTA EXPLICÓ LA LEY Y TRÁMITE.

Mañana, 23 de marzo de este año, se vence la vigencia de la Ley 27.705 de regularización de deuda previsional, mal llamada moratoria, que permite regularizar aportes previsionales a quienes no cuentan con aportes necesarios permitiendo completarlos con un pago para poder jubilarse.

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Mañana, 23 de marzo de este año, se vence la vigencia de la Ley 27.705 de regularización de deuda previsional, mal llamada moratoria, que permite regularizar aportes previsionales a quienes no cuentan con aportes necesarios permitiendo completarlos con un pago para poder jubilarse.

El plazo se agota y la demanda en este tipo de gestión aumentó en Anses y preocupa que hay gente que quedará sin realizar el trámite ya que el Gobierno anunció que no se extenderá. En tanto, la prestación anticipada por el Decreto 674 del 2021 vence el 30 de septiembre de este año, y tampoco se extendería.

La abogada previsionalista María del Huerto Gamarra brindó un análisis detallado sobre la Ley 27.705, una normativa y que está vigente hasta el 23 de marzo de 2025. Este instrumento fue una herramienta clave para muchas personas que desean acceder a una jubilación, pero enfrenta serios desafíos y posibles consecuencias sociales si no se renueva, algo que ya anunció el Gobierno nacional.

"En principio, la ley prevé que las personas que tienen edad para jubilarse pero no cuentan con los años de aporte necesarios puedan completar éstos mediante un pago para acceder a su jubilación", explicó Gamarra. Además, la norma incluye un beneficio para las personas que están aún a 10 años de alcanzar la edad jubilatoria, es decir mujeres de 50 años y hombres de 55, permitiéndoles comprar los años faltantes para cumplir con los requisitos establecidos por la Ley 24.041, que fija la edad jubilatoria en 60 años para las mujeres y 65 para los hombres.

El sistema se basa en la adquisición de unidades de pago o unidades de cancelación de deuda previsional, que pueden abonarse en un único pago o en cuotas descontadas de los haberes jubilatorios. "Por otro lado, quienes no alcanzan la edad jubilatoria y desean anticiparse adquiriendo los años faltantes, deben hacerlo mediante un pago particular, sin posibilidad de descuento de sus futuros haberes", aclaró la abogada.

La preocupación surgió debido a que aunque las moratorias previsionales suelen renovarse, el Gobierno ya anunció que esta no será extendida. Esto implica que, tras el 23 de marzo de 2025, muchas personas quedarán excluidas de la posibilidad de jubilarse. "En realidad, las más perjudicadas serán las mujeres, porque una de cada diez no podrá jubilarse hasta los 65 años. En ese caso, sólo podrán acceder a la Prestación Universal para el Adulto Mayor (Puam), que es significativamente menor", precisó.

En el caso de los hombres, tres de cada diez enfrentarán la misma situación. Gamarra también señaló que, de no renovarse la ley, se agravará la situación de muchas mujeres, ya que solo entre el 20% y el 30% de las mujeres que alcancen los 60 años cumplirán con los 30 años de aportes requeridos. Esto incluye a quienes sumen años de aporte por hijos, un beneficio contemplado en las normativas actuales.

La abogada destacó que uno de los factores clave que dificulta el acceso a la jubilación es la informalidad laboral. "En Argentina, gran parte de las personas trabajan en condiciones de informalidad debido a la falta de empleo formal y a ciertas prácticas empresariales que evaden las contribuciones. Por ejemplo, muchas veces los empleadores contratan a trabajadores bajo la figura de monotributistas, obligándolos a facturar en lugar de establecer una relación laboral formal", explicó.

La consecuencia de esta situación es un aporte previsional reducido, que repercute directamente en los montos de las jubilaciones. "Según las últimas estadísticas, el 82% de las jubilaciones son mínimas, mientras que solo un 18% supera ese umbral. Esto refleja un panorama complicado para la mayoría de los jubilados", destacó la abogada.

Otro de los problemas que enfrentan las personas que buscan acogerse a la Ley 27.705 es la falta de turnos disponibles en Anses. "Estamos viendo que ya no hay turnos disponibles antes de marzo de 2025, lo que significa que muchas personas no podrán iniciar sus trámites a tiempo", explicó Gamarra, y a eso se suma a la confusión generalizada sobre los alcances de esta ley mal llamada moratoria.

No se lograron pensiones

Además de las jubilaciones, la Ley 27.705 contempla beneficios para pensiones de viudez y retiros transitorios por invalidez, sin embargo esta parte de la normativa nunca fue reglamentada. "El aplicativo para iniciar estos trámites en Anses nunca se desarrolló, dejando a muchas personas, especialmente viudas y trabajadores con invalidez, sin posibilidad de acceder a estos beneficios", explicó la abogada.

Los pocos casos que se han presentado judicialmente no tuvieron resolución favorable hasta el momento, lo que evidencia un vacío en la implementación de esta normativa. "Con menos de dos meses para que finalice la vigencia de la ley, es muy improbable que esta situación cambie", aseguró.

Prestación anticipada

DEMANDA | LOS TURNOS PARA ESTOS INSTRUMENTOS SON MUY SOLICITADOS.

Otro es el caso de la Prestación Anticipada que también se confunde con la jubilación anticipada que fue establecida por el Decreto 674 del 2021, y se prorrogó por dos años más por lo que estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2025.

"Este decreto permite que las personas accedan a una prestación jubilatoria equivalente al 80% del haber jubilatorio, pero solo si les faltan cinco años para alcanzar la edad jubilatoria. En el caso de los hombres, pueden acceder a esta prestación anticipada a partir de los 60 años, mientras que las mujeres pueden hacerlo desde los 55", explicó la abogada María del Huerto Gamarra.

Para calificar deben haber prestado 30 años de servicios efectivos hasta el 30 de junio de 2023 y deben estar desempleados hasta esa fecha. Además es un requisito residir en el país. Si una persona que ya recibe esta prestación anticipada vuelve a trabajar, se interrumpe el pago de la misma y lo mismo ocurre si el beneficiario deja de residir en el país.

La abogada también destacó que el cálculo del haber jubilatorio se realiza únicamente cuando el beneficiario alcanza la edad jubilatoria, y a partir de entonces comenzará a percibir la jubilación correspondiente. "Si una persona queda desocupada después del 30 de junio de 2023, aunque tenga los 30 años de servicio, no podrá acceder a la prestación anticipada", aclaró.

Esto significa que aquellos que se encuentren desempleados en 2024 o a principios de este año, a pesar de cumplir con los años de servicio, no podrán beneficiarse de esta modalidad. Cabe recordar que esta medida fue implementada durante la pandemia por el expresidente Alberto Fernández y fue prorrogada; recordó que es similar a la Ley de Jubilación Anticipada que estuvo vigente hasta 2008. La abogada consideró que a pesar de ser necesario extenderla, es poco probable ante los cambios anunciados.

Actualmente se está promoviendo la Prestación Universal para el Adulto Mayor (Puam), que ofrece un 80% de la jubilación mínima. Si los beneficiarios pudieran acceder a la Ley 27.705, no solo recibirían un monto mayor, sino que también obtendrían otros beneficios. Aunque tanto la jubilación como la Puam incluyen la obra social del Pami, la desventaja de la Puam es que no permite la solicitud de una pensión derivada por lo que en caso de fallecimiento del beneficiario, su cónyuge o conviviente no podrá acceder a una pensión. De hecho, explicó que muchos abogados laboralistas trabajaron en convertir la Puam en una jubilación dentro de este plan.

Además, destacó que muchas personas despedidas por el Estado, son notificadas para iniciar el trámite pero, muchos empleados lo postergan hasta que el Estado les da de baja porque se resisten a jubilarse debido a que las jubilaciones son muy bajas. "Es fundamental que los empleados tengan en cuenta que, generalmente, el Estado provincial realiza dos notificaciones. Si están en proceso de trámite, pueden continuar trabajando hasta que se apruebe el beneficio", explicó.

También enfatizó que la situación es diferente para aquellos que fueron despedidos por el Estado Nacional, ya que muchos de ellos no cumplen con los años de servicio ni con la edad jubilatoria necesaria para acceder a un beneficio jubilatorio. "Esas personas no pueden acceder al beneficio jubilatorio", aclaró.

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