La Asociación de Educadores Provinciales (Adep), como entidad de base de la CTA y la Ctera a nivel nacional, informó a la docencia jujeña que mantuvo una reunión con el gobernador Carlos Sadir. También estuvo presente el secretario general de la CTA, Santiago Hamud.
inicia sesión o regístrate.
La Asociación de Educadores Provinciales (Adep), como entidad de base de la CTA y la Ctera a nivel nacional, informó a la docencia jujeña que mantuvo una reunión con el gobernador Carlos Sadir. También estuvo presente el secretario general de la CTA, Santiago Hamud.
El decreto lleva la firma del gobernador Carlos Sadir, además de los ministros Miriam Serrano y Federico Cardozo.
En el encuentro se abordaron diversas problemáticas específicas de la CTA y propias de los gremios y trabajadores que los integran, específicamente en relación con el tema de las viviendas y la situación laboral que atraviesa el sector.
Durante la reunión Adep recibió el decreto por el cual las licencias por estudios ginecológicos, licencia por duelo de familiar directo y por nacimiento de hijos no afectarán el ítem de presentismo.
Desde el gremio que reúne a los docentes de la provincia destacaron que "esto representa un gran logro para la entidad sindical, que siempre trabaja en conjunto con sus entidades madres y en beneficio de todos sus afiliados".
El decreto
El decreto 1082-HF del 29 de julio de 2024 indica en el artículo primero "Amplíense los alcances del Decreto 4436-HF-17 a partir del mes de julio del presente año respecto al premio por asistencia perfecta para el personal directivo y docente de todos los niveles dependientes del Ministerio de Educación que cumplen función docente en instituciones educativas de gestión estatal con las excepciones que se establecen en el presente decreto".
Mientras que el artículo 2º señala "la extensión del premio por asistencia perfecta dispuesta en el artículo 1 también se liquidará cuando el docente registre asistencia perfecta en el cumplimiento de las labores que le corresponden durante el mes calendario, conforme los requisitos que defina la reglamentación, exceptuando casos de: licencia especial por 2 días al año para la realización de estudios ginecológicos y mamografía...; por fallecimiento de cónyuge o conviviente, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos prevista en los reglamentos de Licencia o Inasistencia del Personal Docente de todos los niveles educativos de gestión pública estatal, según corresponda y por licencia por nacimiento de hijos prevista en los reglamentos de Licencia o Inasistencia del Personal Docente de todos los niveles educativos de gestión pública estatal, según corresponda".
Y en el artículo 3º se precisa que "Facúltase a los señores ministros de Educación y de Hacienda y Finanzas a dictar, en forma conjunta, las normas reglamentarias, interpretativas y de procedimiento que establecerán las condiciones que definirán el concepto asistencia perfecta y demás requisitos que deberán cumplir los docentes para ser acreedores del premio que se otorga en el presente".