El Concejo Deliberante de Libertador Gral. San Martín declaró mediante la Declaración Nº 0942/2024 de Interés Cultural, Informático y Municipal el libro "Ultrajada Cuna Jujeña" de Maria Eugenia Jamarlli.
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El Concejo Deliberante de Libertador Gral. San Martín declaró mediante la Declaración Nº 0942/2024 de Interés Cultural, Informático y Municipal el libro "Ultrajada Cuna Jujeña" de Maria Eugenia Jamarlli.
La obra, en palabras de su autora, es una de la primeras en el país en abordar la problematica de la trata de personas y "contribuye a visibilización y análisis de este delito".
Al respecto la concejal Romina Morales fundamentó la importancia de esta declaración subrayando que la trata de personas es un delito que afecta a personas de todas las edades y géneros. "Es fundamental que comprendamos que la trata no distingue entre niños, mujeres, hombres o ancianos. Todos están en riesgo, y es nuestra responsabilidad como comunidad proteger a nuestros ciudadanos más vulnerables. La obra de la Dra. Jamarlli juega un papel crucial al arrojar luz sobre este grave problema y al fomentar la implementación de políticas públicas para combatirlo".
Por su parte Jamarlli, en su agradecimiento, anunció que continuará con sus esfuerzos educativos al volver a ofrecer su taller gratuito sobre el Decálogo de Prevención para la Trata de Personas. Los próximos talleres se llevarán a cabo en la localidad de Fraile Pintado y en el Barrio El Triángulo de Libertador General San Martín. Estos talleres, diseñados para educar y sensibilizar a la comunidad sobre la trata de personas, se realizarán en fechas y lugares que serán comunicados próximamente. Además, informó que el próximo 27 de septiembre estará presente en Buenos Aires, en el Municipio de Quilmes, para continuar con su labor educativa y de concientización.
En profundidad la autora del libro mencionó la necesidad de tener una "plasticidad mental" para abordar este complejo delito, haciendo referencia al art. 75, inciso 22 de la C.N.y a la Ley 25.532 del año 2002, que integró al orden normativo nacional la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
En este contexto, destacó el Protocolo de la Convención para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, que en su artículo 3, inciso a), define la trata como "la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación".