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25 de Junio,  Jujuy, Argentina
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El Gobierno desistió del recurso contra la Constitución de Jujuy

Una vez que la Corte Suprema de Justicia protocolice el pedido, los cambios a la carta magna jujeña quedarán vigentes.

Miércoles, 08 de mayo de 2024 01:04
REFORMA CONSTITUCIONAL | FUE APROBADA EN JUNIO DEL 2023.

El Gobierno nacional desistió ante la Corte la demanda que había iniciado contra la provincia de Jujuy por la reforma de la Constitución impulsada por el exgobernador Gerardo Morales. La presentación se dio ante una demanda que había iniciado el gobierno de Alberto Fernández que pedía declarar inconstitucional los cambios en la carta magna provincial. De esta forma, una vez que la Corte acepte formalmente la desestimación, quedará convalidada la reforma de la Constitución Jujuy.

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El Gobierno nacional desistió ante la Corte la demanda que había iniciado contra la provincia de Jujuy por la reforma de la Constitución impulsada por el exgobernador Gerardo Morales. La presentación se dio ante una demanda que había iniciado el gobierno de Alberto Fernández que pedía declarar inconstitucional los cambios en la carta magna provincial. De esta forma, una vez que la Corte acepte formalmente la desestimación, quedará convalidada la reforma de la Constitución Jujuy.

El 20 de junio de 2023, luego de aprobada la reforma parcial de la Constitución, un grupo de personas vandalizó el edificio legislativo, intentó ingresar por unas ventanas y provocó un incendio dentro de las oficinas. Además, dieron vuelta y prendieron fuego vehículos y continuaron con una incesante lluvia de piedras contra los efectivos de seguridad.

Luego de los incidentes, el entonces ministro de Justicia, Martín Soria, presentó un escrito ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para pedir que se declare la inconstitucionalidad de la reforma de la Constitución de Jujuy.

Como antecedente al desistimiento, la Corte ya se había declarado incompetente en dos casos que involucran la reforma constitucional de la provincia de Jujuy, al considerar que no corresponden a los temas de su competencia originaria. En uno de los casos, organizaciones como el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) y abogados de Andhes, promovieron una acción de amparo para que no se aplique el artículo 67, inciso 4, de la Constitución provincial reformada.

El kirchnerismo quería que la Corte firmara una acción declarativa para que se declare como inconstitucionales algunos artículos del texto sancionado por la Convención Constituyente jujeña, al considerar que "vulneran los derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad junto con la Carta Magna; así como con el Convenio 169 de la OIT".

El Gobierno planteaba la "gravedad institucional" generada ya que "está en juego el orden institucional de la república y el sistema democrático, así como los valores que lo sustentan".

La presentación destaca que organismos Internacionales de derechos humanos, "se han expresado sobre la reforma y sobre los gravísimos hechos represivos ocurridos luego de la promulgación de la misma".

La demanda gubernamental afirma que "el inciso 4° del artículo 67 de la Constitución jujeña contiene prohibiciones incompatibles con nuestra Constitución Nacional y con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos", al indicar que dicho inciso sienta las bases para la sanción de un reglamento represivo -por parte del gobierno de turno- que limite los derechos de reunión, protesta y huelga, consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Sin embargo, según el entonces gobernador Morales, nada de eso establecía el texto constitucional aprobado.

El escrito presentado a la Corte también solicitaba que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 94 y 95 de la nueva Carta Magna jujeña, al considerar que durante el procedimiento de reforma de la Constitución provincial "se omitió la debida consulta a los pueblos indígenas interesados, en relación a diversas cuestiones que los afectan en forma directa".

 

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